SALTA, 04 NOV 1999




Expte. N° 809/98


VISTO las presentes actuaciones y teniendo en cuenta la necesidad de regularizar el pago de becas de investigación, desarrollo y transferencia tecnológica, al personal profesional y técnico que intervienen en el Proyecto de Investigación y Desarrollo denominado: "Producción de Carbón Activado a partir de Cáscara de Maní"; y


CONSIDERANDO:


QUE a través de la resolución rectoral N° 386-97 se aprueba el Convenio de Asistencia Técnica e Investigación Aplicada suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la COOPERATIVA AGROPECUARIA LIMITADA (COTAGRO), y dicha empresa es beneficiaria del régimen de la Ley N° 23.877 de Promoción y fomento de la Innovación Tecnológica.


QUE la Ley N° 23.877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica, en su Decreto Reglamentario N° 508, artículo 19, Inc. a) establece que "Cuando los recursos humanos o materiales necesarios para la ejecución de un proyecto de investigación y desarrollo, asistencia técnica o transmisión de tecnología sean aportados total o parcialmente por instituciones de investigación privadas o estatales, mediante contrato o, en su caso, convenio marco y acuerdo específico, de esos instrumentos deberá resultar: a) Dotación de investigadores, técnicos y auxiliares de la institución que ésta afectara a la ejecución, su calificación y el importe del premio o bonificación que se pagará a cada agente por su intervención en el proyecto".


QUE en el Anexo I del Convenio, el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARA LA INDUSTRIA QUIMICA (INIQUI) designa como responsables del proyecto a los Ingenieros Antonio BONOMO y Luis César ROMERO, los que han conformado un equipo de investigación, con la asignación de un monto de premio o bonificación por su trabajo dentro del proyecto.



Por ello y atento a lo solicitado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA,



EL VICERRECTOR AIC DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:



ARTICULO 1°._ Disponer que el pago de los recursos humanos que intervienen en el Proyecto de Investigación y Desarrollo denominado: "Producción de Carbón Activado a partir de Cáscara de Maní", serán considerados como BECAS PARA LA INVESTIGACION, DESARROLLO y TRANSFERENCIA.

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Expte. N° 809/98



ARTICULO 2°._ Dejar establecido que las BECAS PARA LA INVESTIGACION, DESARROLLO y TRANSFERENCIA serán financiadas por la COOPERATIVA AGROPECUARIA LIMITADA (COTAGRO) con aportes del Fondo de Promoción y Fomento a la Innovación Tecnológica - Ley N° 23.877 Y liquidadas en diez (10) cuotas consecutivas e iguales, con efecto al mes de octubre de 1999 y hasta el mes de julio del año 2000, según el siguiente detalle:


NOMBRE Y APELLIDO CARGO Y IMPORTE IMPORTE

DEDICACION MENSUAL TOTAL


Ded. Exclusiva 530,00 5.300,00


ARTICULO 3°._ Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Cooperación Técnica, COTAGRO e Interesados. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA. Oportunamente archívese.

JG.



Firmado Firmado

CR. HÉCTOR ALFREDO FLORES DR. VÍCTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICE-RECTOR A/C DE RECTORADO


RESOLUCIÓN – R – Nº 437-99