SALTA, 28 JUN 1999



Expte. Nº 17.010/99


VISTO las presentes actuaciones y el Proyecto de Acta Acuerdo suscrita entre la COOPERADORA DEL JARDÍN MATERNO INFANTIL y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma determinan que el Departamento de Sanidad dependiente de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, realice los reconocimientos médicos de las inasistencias que por razones de salud solicite el personal contratado por la Cooperadora del Jardín.


QUE Asesoría Jurídica, mediante Dictamen Nº 4919, de fecha 29 de abril de 1999, expresa que no tiene objeción legal que formular a la referida Acta Acuerdo, salvo que la misma sea suscrita por el Sr. Rector y sea notificada a los interesados.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Aprobar el ACTA ACUERDO suscrita entre la COOPERADORA DEL JARDÍN MATERNO INFANTIL y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como Anexo I forma parte de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Bienestar Universitario, Jerdín Materno Infantil, Departamento de Sanidad, Personal contratado por la Cooperadora y Cooperadopra del Jardín Materno Infantil. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


Firmado Firmado

Cr. Héctor Alfredo FLORES Dr. Juan Carlos GOTTIFREDI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


RESOLUCIÓN - R- Nº 240-99