SALTA, 16 de septiembre de 1998



Expte. Nº 17.087/86



VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 598-86 del 27 de Octubre de 1986; y



CONSIDERANDO:




QUE por la misma se ordena la instrucción de un sumario administrativo, a fin de esclarecer el hecho relacionado con la desaparición de un (1) aparato telefónico de mesa de la Secretaría del DEPARTAMENTO DE EDUCACION FISICA Y DEPORTES.



QUE a Fs. 39 la DIRECCION DE PATRIMONIO informa que el aparato telefónico que fuera denunciado como extraviado, se encuentra en la Dirección de Presupuesto, y que de acuerdo al Relevamiento de aparatos telefónicos existentes, practicado por personal de la DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, según listado obrante a Fs. 31, 31 bis, 32 y 33, NO FIGURAN dos (2) teléfonos, inventariados bajo los Nros. 451-00549/50, pertenecientes al DEPARTAMENTO DE EDUCACION FISICA Y DEPORTES.



QUE se procedió a determinar el valor actual de los bienes substraídos en la suma de SETENTA PESOS ($ 70,00), cada uno.



QUE ASESORIA JURIDICA a Fs. 42 informa que: " Teniendo en cuenta que por Res. Nº 67/94 de la Sindicatura General de la Nación, en su Art. 8º establece que: "... todos los casos en que haya intervenido con motivo de hechos, actos, omisiones o procedimientos que estuvieran causando perjuicio económico al Estado Nacional por un importe superior a los QUINIENTOS (500) PESOS...", de lo que se deduce que el monto para proceder a la desafectación administrativo-contable debe ser inferior a la suma antes citada, y en este caso el perjuicio fiscal es de $ 70,00, por lo tanto es pertinente dictar resolución rectoral desafectando la suma en cuestión con notificación a las oficinas correspondientes y a la Unidad de Auditoría Interna a los efectos legales pertinentes.-"



QUE a Fs. 47 la DIRECCION DE PATRIMONIO informa que el valor histórico de cada uno de los elementos en cuestión es de UN PESO ($ 1,00),



Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA (UAI), a Fs. 44 informa que el monto del perjuicio fiscal actualizado a la fecha es de CIENTO CUARENTA PESOS ($ 140,00);



Por ello:


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Expte. Nº 17.087/86




EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Dar por concluidas las presentes actuaciones por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolucón.


ARTICULO 2º.- Efectuar la desafectación administrativa y contable de los siguientes bienes por su valor histórico:


- Dos (2) aparatos telefónicos de mesa, con disco

marcador, con boton de transferencia, marca

Standar Electric, ................................ $ 2,00

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ARTICULO 3º.- Dejar aclarado que la actual Administración, deslinda toda responsabilidad que le pudiera caber, en virtud del tiempo transcurrido en el dictado de la presente resolución.


ARTICULO 4º.- Hágase saber y comuníquese. Cumplido siga a DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/in


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


RESOLUCION R-Nº 502-98