R-DNAT-2010-1354


SALTA, 09 de diciembre de 2010.


EXPEDIENTE Nº 10.933/2010.


VISTO:


La Res. Nº 490/09 - del Consejo Superior- mediante la cual se aprueba el Calendario Único 2010 de esta Universidad – fijando el Receso Académico de Verano a partir del 28 de diciembre de 2010; y


CONSIDERANDO:


Que el Consejo Directivo de esta Facultad a través de su Res. R-CDNAT-2009-439 - elaboró el calendario académico 2010 - donde se han previsto las actividades académicas a desarrollarse durante el presente año.


Que en virtud de ello se fija el próximo receso anual y, de acuerdo a lo establecido por la reglamentación vigente en ese lapso, es obligatoria la concesión y utilización de la licencia anual ordinaria del personal que se desempeña en esta Unidad Académica.


Que la Universidad es un establecimiento educativo, donde la mayoría de las actividades se desarrollan desde el mes de febrero a diciembre de cada año, por lo que se requiere de la presencia de su personal durante ese período.


Que al mismo tiempo es necesario dejar aclarado en este aspecto, que las funciones propias del personal docente - precisa y prioritariamente tareas académicas - obligan el cumplimiento y asistencia de los mismos durante el período de febrero a diciembre de cada año.


Que en este sentido corresponde dejar debida constancia que aquel docente que desee concurrir voluntariamente a realizar tareas extra-docentes en esta Facultad, durante el mes de enero de 2011, deberá solicitar mediante nota la autorización con la antelación correspondiente, pero su licencia anual ordinaria no se verá suspendida o interrumpida, ni significará compensación posterior, excepto por las causales establecidas por la ley.


Que en virtud de lo expresado precedentemente este Decanato ha dispuesto el Receso Académico a partir del 28 de diciembre de 2010 y un Receso Administrativo a partir del 03 de enero de 2011 – con alcance en ambos casos hasta el 30 de enero de 2011.


POE ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Disponer el Receso Académico de Verano a partir del día 28 de diciembre de 2010 – y – un Receso Administrativo – desde el 03 de enero de 2011 – y en ambos casos hasta el 30 de enero de 2011 en esta Unidad Académica.


ARTICULO 2º.-Otorgar la Licencia Anual Ordinaria 2010 a partir del 28 de diciembre de 2010 al Personal Docente - y – a partir del 03 de enero de 2011 al Personal de Apoyo Universitario de esta Facultad – en el contexto general de las Resoluciones Nº 490/09 y R-CDNAT-2009-439, en los períodos que a cada agente le corresponda.


ARTICULO 3°.- Solicitar a los responsables de las áreas de las Direcciones Administrativas Académica y Económica, Despacho General y Mesa de Entradas, Biblioteca y Dirección de Alumnos – por razones de servicio, tengan a bien prever la atención al público a partir del 31 de enero de 2011.


ARTICULO 4º.-Registrar el período de la licencia anual ordinaria a usufructuar en la Oficina de Personal de esta Facultad – fijando como plazo máximo, el 27 de diciembre de 2010 – en el horario de 07:00 a 14:00. El no registro de la licencia respectiva implicará el uso de la totalidad de los días que correspondieran.


ARTICULO 5º.-Dejar debidamente aclarado que aquel docente que desee concurrir voluntariamente a realizar tareas extra-docentes en esta Facultad durante el mes de Enero de 2011, deberá solicitar mediante nota la autorización correspondiente hasta el 22 del corriente mes, pero de ninguna manera su licencia se verá suspendida o interrumpida, ni significará compensación posterior, excepto por las causales consideradas por la Ley.


ARTICULO 6º.-Establecer que a partir del 31 de enero de 2011, esta Facultad abrirá sus puertas, dejando aclarado que el personal que deba retornar sus funciones, deberá registrar su reintegro en una Planilla que se habilitará a tal efecto, y que estará disponible en Secretaría Académica y/o en Dirección de Despacho General y Mesa de Entradas de esta Facultad.


ARTICULO 7º.-Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a: Direcciones de Escuelas, Direcciones Administrativas Económica, Académica y Postgrado, Dirección General de Personal, Biblioteca, Museo de Ciencias Naturales, Dirección de Alumnos, Dirección General de Obras y Servicios y siga a Despacho General y Mesa de Entradas a sus efectos. Dése amplia difusión. Oportunamente archívese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.




Ing. Agr. NELIDA BAYON DE TORENA

SECRETARIA ACADEMICA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


M.Sc. Lic. ADRIANA E. ORTIN VUJOVICH

D E C A N A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES