R-DNAT- 2009 – 1269


SALTA, 18 de noviembre de 2009

EXPEDIENTE Nº 10.209/2009

CUERPO III


VISTO:


Las solicitudes de fs. 412 en adelante, elevadas por alumnos de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente , mediante la cual peticionan autorización para cursar distintas asignaturas de su plan de estudios, fuera del régimen de correlatividad en el segundo cuatrimestre del período lectivo 2009; y


CONSIDERANDO:


Que los alumnos peticionantes se encuentran inhabilitados curricularmente, para acceder los beneficios de la autorización directa, para cursado de asignaturas fuera del régimen de correlatividad, previsto en la Resolución FCN-CD Nº 301/2002 (aprobatoria de las pautas para tratamiento de casos de ésta índole);


Que mediante Resolución R-CDNAT-2008-395, el Consejo Directivo – delega en Decanato de la Facultad todo trámite de situaciones estudiantiles, relacionados con el cursado y aprobación de asignaturas que estén con dictamen unánime de la Comisión de Docencia y Disciplina, para que se emita la correspondiente resolución;


Que la Comisión de Docencia y Disciplina a fs. precedentes, aconseja hacer lugar a los pedidos de los alumnos recurrentes;


Que en virtud de lo expresado, corresponde emitir la presente de acuerdo a los términos indicados en su parte dispositiva;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- CONSIDÉRESE AUTORIZADO a cursar en el segundo cuatrimestre del período lectivo 2009, fuera del régimen de correlatividad a los siguientes alumnos, en las materias indicadas y en razón de lo expresado en el exordio.


CARRERA: INGENIERIA EN RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE – PLAN 1997


408.092 AÑAZGO, ROMINA ELIZABETH SOCIOLOGIA AMBIENTAL


408.157 VILLAFAÑES ROLDAN. WALTER DANIEL SOCIOLOGIA AMBIENTAL y FISICA GRAL.(OPTATIVA)


407.825 GONZALEZ, RAMIRO REYNALDO CLIMATOLOGIA y SENSORES REMOTOS I


407.159 GARCIA BARBOZA, PEDRO ANTONIO SILVICULTURA e INTRODUCCION A LA ENERGIAS

RENOVABLES (OPTATIVA)



ARTICULO 2º.- HAGASE saber a quien corresponda y siga a Dpto. Planeamiento Pedagógico, para su toma de razón y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.

nsc






LIC. DORA ANA DAVIES

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES