R-DNAT-2008-0996

 

SALTA, 28 de Octubre de 2008.

 

EXPEDIENTE Nº 10.369/2008

 

VISTO:

 

            La nota presentada por la Ing. Marcela Josefina Muñoz  - mediante la cual solicita se gestione ante el Consejo Directivo la autorización correspondiente para que la Ing. Silvia Patricia Ortín Vujovich – realice tareas rentadas en carácter de excepción – en el proyecto “Desarrollo Turístico Integral del Municipio de Animaná”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que su pedido se fundamenta en lo reglamentado por el Régimen de Incompatibilidad –Res. 420/99-CS – Anexo I, Art. 6º, inc. b), que establece: “El personal docente universitario con dedicación exclusiva podrá realizar tareas rentadas en carácter de excepción, solo cuando esto surja como consecuencia de convenios realizados por la Universidad con terceros, debiendo ser autorizado expresamente por el Consejo Directivo de la respectiva Facultad. La dedicación horaria semanal total no podrá superar las 50 horas.”

 

Que este Decanato ha efectuado la consulta a Asesoría Jurídica sobre la pertinencia del pedido, cuyos dictámenes que obran a fs. 9 y 9 vlta, 20 y 20 vlta.

 

Que a fs. 21, la Ing. Marcela Muñoz – eleva detalle cronograma de actividades que desarrollo la Ing. Silvia P. Ortín V. – en el marco del proyecto “Desarrollo Turístico Integral del Municipio de Animaná”

 

Que finalmente a fs. 43 y 43 vlta., Asesoría Jurídica analizó nuevamente el pedido de autorización a favor de la Ing. Ortín y dictaminó lo a letra dice: “Sra. Rectora: I.- Las actuaciones arriba referenciadas son remitidas a este Servicio Jurídico, mediante pase de fs. 42, adjutándose desde fs. 21 a 41 información a los fines de que este Servicio Jurídico pueda emitir opinión respecto de la solicitud de autorización de fs. 7 (nota del 20/5/08) formulada por la Ing. Marcela Muñoz.” “II.- La Ing. Muñoz informa expresamente (fs. 21 y vta.), en fecha 31/7/08, la cantidad de horas semanales que – durante los meses de abril, mayo, junio y agosto del corriente año- requieren las tareas por las que se solicita excepción al régimen de incompatibilidad respecto de la Ing. Patricia Ortín.

Considerando que la Ing. Ortín revista una dedicación exclusiva, con una exigencia de cuarenta (40) horas semanales de labor académica (art. 3 inciso “a” - Res. CS 420/99 y modificatorias) y que puede acumular únicamente un cargo adicional de dedicación simple, que tiene una exigencia de diez (10) horas semanales de labor académica (art. 6 inciso “a” y art. 3 inciso “c” de la citada resolución); teniendo en cuenta que la carga horaria informada a fs. 21 y vta. no excede la cantidad máxima acumulable permitida de cincuenta (50) horas por el art. 6 inciso b de la Res. C.S. 420/99, este órgano asesor no tiene objeción que formular por lo que estima que el Consejo Directivo puede dar tratamiento y resolución a la solicitud de autorización de la excepción a dicho régimen.

No obstante lo dicho, se advierte que la autorización requerida se refiere a actividades que aparentemente ya se cumplieron por cuanto, el pedido de fs. 7 es de fecha 20/05/08 y en fecha 31/7/08 se informó la carga horaria respecto de tareas correspondientes a los meses de abril/08, mayo/08, junio/08 y agosto/08 en curso, por lo que deberá el Consejo Directivo tener presente ello al momento de su tratamiento, ya que, en tal caso, el acto a considerar es de aprobación (ex post facto) y no de autorización.

 

Que a fs. 45, la Comisión de Docencia y Disciplina produjo su dictamen que dice: “Visto: lo dictaminado por Asesoría Jurídica de la UNSa., a fs. 43 y 43 vlta. considerando que la carga horaria informada a fs. 21 y 21 vuelta no excede las cincuenta horas permitidas por el artículo 6 inciso b) de la Res. CS 420/99. Esta comisión aconseja: Autorizar a la Ing. Patricia Ortín a realizar las actividades detalladas a fs. 21 y 21 vuelta comprendidas en el marco del Convenio entre el Municipio de Animaná y esta Universidad.”

 

Que a fs. 47, la Ing. Marcela Muñoz eleva nueva presentación – mediante solicita una prórroga de la exención a favor de la Ing. Silvia Patricia Ortin – a correr desde el 01 de agosto de 2008 y hasta el 31 de octubre ambos inclusive – para que continúe trabajando en el proyecto “Desarrollo Turístico Integral del Municipio de Animaná”.

 

Que en virtud de lo expresado precedentemente este Decanato resuelve la suscripción de la presente ad referéndum del Consejo Directivo.

 

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(Ad referéndum del Consejo Directivo)

 

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º.- Tener por autorizada la exención al Artículo 6º Inciso b) a la Res. Nº 420/99-CS  – Régimen de Incompatibilidad – a favor de la Ing. Silvia Patricia ORTIN VUJOVICH - Profesora Adjunta con dedicación exclusiva de la cátedra “Fruticultura” de la Escuela de Agronomía – para desarrollar tareas en el marco del Convenio del Municipio de Animaná y esta Casa de Estudios – Res. 350/07-R – entre el período comprendido entre los meses de Abril y Octubre de 2008, por las razones expresadas precedentemente.

 

ARTICULO 2º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: interesada, Cátedra, Escuela de Agronomía, Direcciones Administrativas Académica y Económica, Obra Social, Dirección General de Personal y elévese al Consejo Directivo para su convalidación. Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.-

 

 

Lic. Dora Ana Davies

Secretaria

Facultad de Ciencias Naturales

Dr. Guillermo Andrés Baudino

Decano

Facultad de Ciencias Naturales