R-DNAT-2007-155


SALTA, 30 de marzo de 2007.


EXPEDIENTE Nº 11.141/2004.



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el pedido de pago del adicional por jefatura estipulado por ley – por parte del personal de apoyo universitario de esta Facultad; y


CONSIDERANDO:


Que el pedido iniciado el 09 de noviembre de 2004 por los agentes: Anita Isabel Mamaní, Teonila Corimayo, Gloria Adriana Liendro y Fausto Omar Cisterna, se fundamenta claramente en lo dispuesto por Artículo 121 – Decreto 2213/87 que a letra dice: “Adicional por ejercicio de cargo de jefatura – Artículo 121.- Este adicional se liquidará a los titulares de cargos de jefatura de unidades orgánicas previstas en las respectivas estructuras, de nivel no inferior a Sección. Su importe será del diez por ciento (10 %) de la asignación de la categoría de revista.”, porcentaje que fue modificado por el Decreto 907/88 es de: “veinte por ciento (20 %)”.


Que en idéntica situación se encuentran el siguiente personal de apoyo universitario de esta Facultad: José Leonardo Lera - Categoría 09, Aída Ventura Mercado - Categoría 08, Luis Ramón Sosa - Categoría 07, Rufino Gerónimo –Categoría 07, Ofelia Noemí Del Castillo –Categoría 07, Rubén Gerardo Romero – Categoría 07, Pedro Alejandro Nieva – Categoría 07, Cristhian Guillermo Tannembaum – Categoría 07.


Que asimismo la Sra. Leila Noemí Gramajo –Categoría 09, no ha percibido el período correspondiente al 27-12-94 al 31-08-04 (período correcto) y, que el Sr. Jorge Néstor Samaniego –Categoría 08 dejo de percibirlo desde agosto de 2001.


Que este Decanato ha realizado las consultas a la Dirección General de Personal y a Asesoría Jurídica a los efectos de contar con el asesoramiento necesario para dictaminar en consecuencia.


Que a fs. 10, la Dirección de Registro y Control de Personal, a/c de la Dirección General de Personal, a fs.10 produjo su informe.


Que a fs. 80, el suscripto elevó las presentes actuaciones al Consejo Superior, para su conocimiento y consideración con los fundamentos y petitorio que a la letra dicen:


Fundamentos:


A fs. 79, la Jefe División Personal de la FCN informa la nómina del personal perteneciente a esta Facultad en condiciones de percibir este adicional.


Los recurrentes ejercen la jefatura de unidades integradas a la estructura organizativa de la FCN y por lo tanto les asiste derecho y razón para realizar el presente reclamo de pago.


En Res. R-CDNAT-2005-217 (fs. 28 a 51) se aprueba la nueva Estructura Orgánico-Funcional de la FCN originada en la necesidad del mejor planeamiento de estructuras organizativas que requieren la realización de adecuadas descripciones de los puestos de trabajo. Responde la misma a lo solicitado por Asesoría jurídica a fs. 4 del Expte. 11.298/04.


Esta estructura avanza en terrenos tales como la calidad de gestión en todo los sectores involucrados, la atención al público e incentivar los esfuerzos del personal en tales sentidos.


A fs. 10 la Dirección de Registro y Control de Personal, a/c de la Dirección General de Personal, como respuesta al reclamo de pago de fs. 1, en su párrafo tercero informa: "....Todo ello sin que se determine en las mencionadas resoluciones el otorgamiento del adicional por ejercicio de jefatura ni registrado reclamo alguno al respecto, por parte de los interesados, durante el lapso de casi siete años de su asignación o cinco años de su promoción".


Teniendo en cuenta que el Art. 121. del Dto. N° 2213/87 establece: "Este adicional se liquidará a los titulares de cargos de jefatura de unidades orgánicas previstas en las respectivas estructuras, de nivel no inferior a Sección. Su importe será del diez por ciento (10 %) de la asignación de la categoría de revista", porcentaje modificado mediante Dcto. 907/88: “veinte por ciento (20%)”. Se interpreta que el derecho a la liquidación de este adicional es adquirido por el titular que ejerza un cargo de jefatura de unidad orgánica. O, lo que es lo mismo, el adicional por jefatura es inmanente al cargo de jefatura, no siendo necesario reclamarlo ni tener personal a cargo, ya que las responsabilidades del cargo no dependen del personal que tiene a su cargo sino de la persona que detenta el cargo, además, no menciona el Art. 121 del Dto. 2213/ la condición de "tener personal a cargo" para ser acreedor de este adicional.


En virtud de los cargos, de las responsabilidades inherentes a los mismos, y que se encuentran comprendidos en los contenidos escalafonarios aprobados por el Dto. N° 2213/87, al personal mencionado en fs. 79, les corresponde, en consecuencia, la aplicación del Art. 121 de este Decreto.


No se pretende descuidar lo dispuesto por Res. 287/87 – Art. 1° en relación con la retroactividad de la asignación del adicional, pero tampoco debe descuidarse el derecho consagrado por la norma legal superior que lo concede -Dto. 2213/87 y sus modificatorios, igual celo para su cumplimiento debiera aplicarse con el derecho a su legítimo abono.


En tal sentido existe en esta Universidad antecedentes suficientes como para otorgar el efecto retroactivo.


Petitorio:


Por lo expuesto, solicito al Consejo Superior, órgano competente para arbitrar los medios que garanticen el estricto cumplimiento del Art. 121 del Dto. 2213/87, el reconocimiento y pago del adicional por jefatura al personal que a continuación se detalla, haciendo retroactivo este emolumento a las fechas que para cada uno se indica:


  1. LERA, José Leonardo – Cat. 9 – Jefe Planeamiento Pedagógico – 1 de noviembre de 1994. (fs. 52)

  2. SAMANIEGO Jorge Néstor – Cat. 8 – Jefe de División Vertebrados con Taxidermia (Zoología) - 01 de setiembre de 1991. Fs. 9 Expte. 11.298/04.

  3. MAMANI, Anita Isabel – Cat. 8 – Jefe Despacho Docente (última denominación de cargo, R-CDNAT-2005-217)– 1 de diciembre de 1997 – Fs. 4.

  4. LIENDRO. Gloria Adriana - Cat. 8 – Jefe División Planeamiento-Despacho Gral. - 1 de diciembre de 1997. Fs. 4.

  5. CORIMAYO, Teonila – Cat. 8 – Jefe División Personal – 1 de diciembre de 1997. Fs. 4

  6. CISTERNA, Fausto Omar – Cat. 8 - Jefe División Mesa de Entradas – 1 de noviembre de 1999. Fs. 66.

  7. MERCADO, Aída Ventura – Cat. 8 – Jefe División de Recursos Propios - 20 de abril de 2005. Fs. 67.

  8. SOSA, Ramón Luis – Cat. 7 – Supervisor Jefe División Administrativa Escuelas de Geología y Recursos Naturales - 1 de diciembre de 1997 – Fs.70.

  9. GERONIMO, Rufino – Cat. 7 – Supervisor General Mayordomo – 1 de diciembre de 1997 – Fs.70.

  10. DEL CASTILLO, Ofelia Noemí - Supervisor General Mayordomo – 1 de diciembre de 1997 – Fs.70.

  11. ROMERO, Rubén Gerardo - Cat. 7 – Jefe Sección Cómputos – 14 de diciembre de 2004. fs.71.

  12. NIEVA, Pedro Alejandro – Cat. 7 – Técnico Especializado en Geoquímica y Espectrometría – 1 de marzo de 2005 – Fs. 73.

  13. TANNENBAUM, Cristhian Guillermo – Cat. 7 - Técnico Especializado en Mineralogía y Petrografía – 2 de junio de 2005 – Fs. 78.

  14. GRAMAJO, Leila Noemí – Cat.09 – Jefe Dpto. Despacho General y Mesa de Entradas – 27 de diciembre de 1994 y hasta el 19 de octubre de 2004.”


Que para un mejor proveer se agregan a este expediente, antecedentes del caso, a saber: Res. R-266/05, R-612/05, R-558/06, R-876/06 y R-DNAT-2006-834, donde consta en cada situación, la respuesta positiva brindada a otros pedidos similares a otros agentes de esta Universidad.


Que este Decanato ha realizado el análisis minucioso del presente expediente y de los alcances de la reglamentación, de los antecedentes existentes en esta Universidad, que generan la jurisprudencia para resolver en consecuencia.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias


EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Hacer lugar al reclamo efectuado por el personal de apoyo universitario - de esta Facultad en relación al pago del adicional por jefatura fijado por Art. 121 – Decreto 2213 y modificatorias – y hacer extensivo el pago al resto del personal que se encuentra en condiciones de percibir dicho adicional y que forman parte de la estructura organizativa de esta Facultad, por las razones precedentemente.


ARTICULO 2º.- Reconocer y autorizar el pago del adicional por jefatura fijado por la reglamentación existente en ese momento, a los siguientes agentes, a partir de las fechas y en las categorías que en cada caso se indica:

CATEGORIA

APELLIDO Y NOMBRE

DOCUMENTO

DENOMINACION

RES. DESIG


PAGO DESDE

8

MAMANI, Anita Isabel

DNI 16899355


Jefe División Despacho Docente

Res. Nº1232/97-FCN y modificatorias.

01-12-1997

8

LIENDRO, Gloria A

DNI 16000098


Jefe División Planeamiento Dpto. Despacho General.

Res. Nº1232/97-FCN y modificatorias.

01-12-1997

8

CORIMAYO, Teonila

DNI 17235828

Jefe División Personal

Res. Nº1232/97-FCN y modificatorias.

01/12/97


8

CISTERNA, Fausto O

DNI 17441595


Jefe División Mesa de Entradas.

Res. Nº1041/99-FCN y modificatorias.

01-11-1999


ARTICULO 3º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias: interesados, Direcciones Administrativas Económica y Académica y siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.-




ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES