R-DNAT-2006-209


Salta, 04 de abril de 2006.-


Expte. Nº 11.015/03


VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a concurso público de antecedentes y oposición para la cobertura del cargo de Director del Museo de Ciencias Naturales dependiente de esta Facultad; y

CONSIDERANDO:


Que el jurado interviniente ha producido dos dictámenes, uno por la mayoría y otro por la minoría, los que obran de fs. 102 a 105;


Que los aspirantes Dr. Iván Petrinovic, Mgter. Gladys Monasterio de Gonzo y Lic. Laura Navarini de Demergassi, interpusieron sendas impugnaciones en contra de los referidos dictámenes, las que corren de fs. 107 a 119, fundamentando los mismos cada una de ellas;


Que la Comisión de Docencia y Disciplina a fs. 120 produjo su dictamen, el que a la letra expresa: “ Visto las presentes actuaciones, el Acta del Jurado q ue obra a fs. 102 a 105 y las impugnaciones al mismo, las que obran a fs. 107 a 116 y de 188 a 119, esta Comisión aconseja se giren las presentes a Asesoría Jurídica de acuerdo al artículo 143º de la R-CDNAT-2003-0365”;


Que cabe acotar que estas actuaciones iban a ser tratadas por el Consejo Directivo – en su sesión ordinaria del 28 de marzo de 2006 – pero por falta de quorum la misma no se llevó a cabo;


Que – en virtud de lo expuesto – corresponde, a juicio de este Decanato, suscribir ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


(“Ad Referendum” del Consejo Directivo)



R E S U E L V E:




ARTICULO 1º.- Girar a Asesoría Jurídica de la Universidad, las presentes actuaciones relativas al concurso público de antecedentes y oposición para la cobertura del cargo de Director del Museo de Ciencias Naturales dependiente de esta Facultad, a los fines expresados en el artículo 43º del Reglamento de Concurso para la Provisión del Cargo de Director/a del Museo de Ciencias Naturales, aprobado por R-CDNAT-2003-0365, el que obra de fs. 2 a fs. 8 de éstas y en virtud de lo expresado en el exordio.


ARTICULO 2º.- Hágase saber a quien corresponda y dése el trámite indicado en el artículo anterior. Luego, elévese al Consejo Directivo para convalidación de la presente.


ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. GUILLERMO ANDRES BAUDINO

V I C E D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES