R-DNAT-2006- 152


SALTA 22 MAR 2006


Expediente Nº 10.115/04 y Agregado

Expte. Nº 10.861/04



VISTO:


El pedido efectuado por el Dr. José Germán Viramonte solicitando a la Facultad de Ciencias Naturales que se arbitren los medios necesarios para que por la Administración de esta Facultad, se proceda al cobro y emisión de comprobantes por uso de las camionetas Toyota 4x4 Hilux – Dominios CTM 376 y DGH 572; y



CONSIDERANDO:


Que los vehículos serán utilizados como apoyo a actividades académicas de campaña, razón por la cual se considera que la reglamentación de uso y mantenimiento se encuadra en lo dispuesto por Res. C.S. Nº 128/99, por lo que la suma total que se recaude será depositada en la cuenta que posee la Facultad en el Banco Nación Argentina - Sucursal Salta, destinándose el 90% (noventa por ciento) de dicha suma a cubrir los gastos de mantenimiento del vehículo y el 10% (diez por ciento) restante para atender gastos ocasionados en la Unidad Académica;


Que el cobro por el uso de la camioneta se genera por la necesidad de mantenerla en condiciones óptimas de funcionamiento, por lo que los recursos generados tienen el carácter de subvención.


Que de acuerdo a lo establecido por Resolución C.S. Nº 128/99 – Artículo 3º y 4º último párrafo, los ingresos generados en este caso, son en su totalidad, recursos propios de esta Unidad Académica


Que la Dirección Administrativo Económica deberá solicitar a la Dirección de Imprenta la impresión de 5 (cinco) talonarios de recibos oficiales correspondiendo en este caso el Nº C 0608, de 50 (cincuenta) números cada uno, correspondientes a ingresos por cuenta de terceros y a nombre del Instituto GEONORTE.


Que la Dirección Administrativo Económica deberá efectuar el cobro respectivo emitiendo el recibo correspondiente de acuerdo a la planilla obrante a fs. 6 del presente expediente, preparada para ese efecto por el Dr. José G. Viramonte.


Que asimismo la Dirección Administrativo Económica deberá habilitar los registros y archivos necesarios para el control de los ingresos y egresos producidos por el uso de las citadas camionetas.


Que a fs. 1 el Dr. José G. Viramonte, solicita que se aplique el mismo reglamento de uso que se utiliza para el vehículo del FOMEC.


Que la Comisión de Hacienda y Presupuesto del Consejo Directivo de esta Facultad, mediante Dictamen de fecha 02 de abril de 2004, aconseja aprobar el Proyecto de Resolución obrante a fs. 8-9 del presente expediente.


Que a fs. 12 a Unidad de Auditoría Interna informa que no tiene objeciones que formular;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

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EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Hacer lugar al pedido efectuado por el Dr. José Germán Viramonte – Director del Instituto GEONORTE, respecto al cobro y emisión de comprobantes por uso de las camionetas Toyota 4x4 Hilux – Dominio CTM 376 y DGH 572, de esta Facultad.


ARTICULO 2.- Aprobar la impresión de 5 (cinco) talonarios oficiales C 0608, de 50 (cincuenta) números cada uno, correspondientes a Ingresos por Cuenta de Terceros a nombre del Instituto GEONORTE, para efectuar el cobro por los servicios prestados por las camionetas TOYOTA 4x4, modelo HILUX, Dominio CTM 376 y DGH 572, por las razones expuestas precedentemente.


ARTICULO 3º.- Establecer que los recursos generados por el uso de las mencionadas camionetas tienen el carácter de subvención – Res. C.S. Nº 128/99 – Artículo 3º y 4º último párrafo.


ARTICULO 4º.- Encomendar a la Dirección Administrativo Económica la habilitación de los registros y archivos necesarios, para el cobro, emisión de los comprobantes por el uso de las citadas camionetas y rendición de los gastos respectivos.


ARTICULO 5º.- Disponer que la suma total que se recaude sea depositada en la cuenta que posee la Facultad de Ciencias Naturales en el Banco Nación Argentina - Sucursal Salta, destinandose el 90% (noventa por ciento) de dicha suma a cubrir los gastos ocasionados por el uso de las camionetas y el 10% (diez por ciento) restante para atender los gastos originados en esta Facultad.


ARTICULO 6º.- Aprobar el Reglamento de uso y mantenimiento de los vehículos Toyota 4x4 – Hilux – Dominio CTM 376 y DGH 572, del Instituto GEONORTE, que obra como Anexo I de la presente resolución.


ARTICULO 7º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copia a Dirección Administrativo Económica, Instituto GEONORTE, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta y siga a Dirección General de Administración, para su toma de razón y demás efectos.-





Hilda Rosa Mercado

Dirección Administrativa Económica

Facultad de Ciencias Naturales


Dr. Julio Ruben Nasser

Decano

Facultad de Ciencias Naturales

























ANEXO I



REGLAMENTO DE USO Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS A CARGO DEL INSTITUTO GEONORTE


NORMAS GENERALES


1.- Los vehículos a cargo del Instituto GEONORTE, Toyota Hilux – Dominios Nºs. CTM 376 y DGH 572, están destinados a prestar servicios de transporte para salidas a campaña a los diferentes proyectos de los integrantes del mismo quienes tendrán prioridad en su uso. Las personas que no pertenezcan al Instituto, podrán hacer uso eventualmente de los vehículos para lo que deberán contar con la previa autorización por parte del mismo.


2.- El mantenimiento de los vehículos, de acuerdo a las especificaciones de fábrica, será asumido con fondos propios generados por el Instituto y con las recaudaciones obtenidas por su uso.


3.- Los gastos de combustible, lubricantes, etc., deberán ser cubiertos por los usuarios.

Los desperfectos emergentes de su uso, ej: roturas de cubiertas, amortiguadores, tracción y/o cualquier otro elemento no cubierto por el seguro, estará a cargo del usuario.

En caso que durante el desarrollo de la comisión se deba realizar el service correspondiente, el mismo deberá ser afrontado por el usuario, el monto le será reconocido a su regreso previa presentación de los comprobantes correspondientes.


4.- El uso de las camionetas estará limitado a la República Argentina.

Los casos especiales serán tratados por el Director del Instituto el que podrá autorizar la salida del país. En dichos casos el usuario es responsable de contratar y pagar los costos de ampliación del seguro y de la autorización correspondiente para la exportación temporaria del vehículo.


5.- El usuario deberá acreditar carnet habilitante para conducir vehículos y demostrar conocimientos de conducción de vehículos doble tracción ante el Encargado de Mantenimiento de Vehículos, Técnico Aldo A. Tapia, quien entregará y recepcionará el vehículo de lunes a sábados, en el horario de 8,00 a 14,00 horas. Dicho Técnico, verificará en forma conjunta con el usuario las novedades con que se entrega y devuelve el vehículo y recepcionará las llaves y todos los elementos accesorios entregados.


6.- En caso de concluir la misión fuera del horario de actividades o en días domingos o feriados, deberá guardarse en lugar seguro hasta el primer día hábil.


7.- En la planilla de solicitud de Movilidad del Instituto GEONORTE, se deberá indicar los nombres del responsable y de los acompañantes de la misión. El lugar destino de la comisión, como así también un estimado del kilometraje y el tiempo de uso. La planilla es el requisito indispensable para la entrega de los vehículos por parte del encargado del mantenimiento del vehículo citado anteriormente.


8.- Bajo ningún concepto se permite transportar personas en la caja del vehículo. En caso de transgredir esta norma el usuario será el único responsable de los imprevistos y/o accidentes que pudieran ocurrir.

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ANEXO I

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9.- El pago por el servicio de la camioneta se establecerá según el usuario por una fórmula polinómica que se determinará en función al kilometraje a recorrer y a los días de uso de la camioneta. Este pago deberá ser efectivizado antes de su uso, según el cálculo establecido en las planillas preparadas a ese efecto y deberá ser abonado en Dirección Administrativo Económica de la Facultad de Ciencias Naturales, quien extenderá el recibo correspondiente. Para poder usar el vehículo no deberá registrar deudas pendientes en este concepto.


10.- El tiempo máximo para un usuario será en principio de diez (10) días. Cuando el trabajo requiera más tiempo, el Director en función de los pedidos existentes podrá extender ese plazo, en tanto no dificulte las tareas anteriormente programadas.



DEL USUARIO


11.- Los requerimientos de uso del vehículo serán avalados con una solicitud que deberá completarse y entregarse con antelación de una semana al Director del Instituto GEONORTE y para el caso de los usuarios que no estén vinculados con el Instituto, deberán presentarla con quince (15) días de antelación.


12.- El usuario será responsable de cuidar el vehículo mediante un manejo adecuado y dentro de los límites razonables de posibilidades de diseño de la unidad. Diariamente se deberá verificar, especialmente, nivel de aceite, líquido refrigerante, líquido de frenos y neumáticos.


13.- El usuario deberá comunicar al Encargado de Mantenimiento, Técnico Aldo A. Tapia, cualquier desperfecto detectado u ocasionado, para permitir su reparación inmediata, los que deberán ser anotados en una planilla que está habilitada para tal fin y que permanecerá en el vehículo.


14.- El usuario en caso de accidentes, colisión, robo, etc., deberá cumplir con todos los trámites que exige la Compañía de Seguros y la propia Universidad. Por tal motivo antes de iniciar la campaña deberá solicitar las indicaciones pertinentes.


15.- Cuando el vehículo se encuentre en comisión, el usuario deberá procurar un cuidado especial para preservar su integridad, su robo o violación. Se recomienda guardar el vehículo en lugar seguro en los momentos que no sea utilizado.




Hilda Rosa Mercado

Dirección Administrativa Económica

Facultad de Ciencias Naturales


Dr. Julio Ruben Nasser

Decano

Facultad de Ciencias Naturales