R-DNAT-2005-1569


Salta, 22 de diciembre de 2005.-


EXPEDIENTE N° 10.485/05


VISTO:


El proceso de Autoevaluación relacionado con la Acreditación de la Carrera de Ingeniería Agronómica;


CONSIDERANDO:


Que las siguientes personas han brindado su eficiente colaboración a tales fines:




Que este Decanato considera procedente la emisión del presente acto resolutivo;



POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES



R E S U E L V E:



ARTICULO 1°.- AGRADECER a las Sras. Elba CHOQUE de GERONIMO, Selva Rosa LOPEZ, Carmen Rosa BRITOS, Srtas. Martha PEÑALVA, María Lorena ARROYO, Carmen PATERSON, Sonia IBARRA, Claudia CAMPAGNA y Sres. Rufino GERÓNIMO, Juan Carlos GALLARDO, Marcelo Augusto GERONIMO y Mario A. ROMERO la colaboración brindada en el trabajo realizado durante el proceso de Autoevaluación relacionado con la Acreditación de la Carrera de Ingeniería Agronómica.


ARTICULO 2°.- Hágase saber a quien corresponda y siga a la División Personal para su toma de razón y demás efectos.


ARTICULO 3°.- Publíquese en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.-

mer.




PROF. RICARDO RAUL PEREZ

DIRECTOR ADMINISTRATIVO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES































nada tiene que ver con la Evaluación de Impacto Ambiental y Social, como es la formulación de Normas

Universidad Nacional de Salta

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

Escuela de Posgrado

AVENIDA BOLIVIA 5150

4400 - SALTA

REPÚBLICA ARGENTINA

TEL. 54 -0387 - 4255513

FAX: 54 - 0387 - 4255455


EXPEDIENTE N° 10.828/03


R-DNAT-2005 – N°



    Técnicas Ambientales.

  1. Los dos alumnos estaban sentados con bastante cercanía, por lo que entiende que el primero copió el examen de la Dra. Ruiz desaprobando el examen del primero y se sugiere que se le expida un certificado de asistencia al módulo y confirma la nota de seis dejada en suspenso a fs. 161;

      Que el Comité Académico avala este informe rolante a fs. 175, en el sentido de dar por aprobado el examen

de la abogada María Delicia Ruiz y extender certificado de asistencia al Sr. Alberto Alfaro Cabero;

Que respecto a su nota en la que le entregaron un certificado de asistencia del curso de Desarrollo Comunitario dictado por docentes de la Universidad Central María Abreu de Las Villas (Cuba) se le informa que los certificados de Aprobación de Curso fueron extendidos exclusivamente a los asistentes que acreditaron oportunamente título de grado universitario y no a los alumnos sin título universitario y/o técnico a quienes por tanto les correspondía un certificado de asistencia solamente;

Que el Sr. Cabero acreditó ser Técnico Universitario en Administración Pública lo que ameritó entregarle un certificado de asistencia;

Que de conformidad al inciso j del artículo 117 corresponde a este Decanato dictar la presente y que se transcriba íntegramente el Dictámen N° 7947 de Asesoría Jurídica – Dirección de Sumarios, mencionado más arriba y que obra a fs. 189/190;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- DAR POR APROBADO el examen de la Abogada María Delicia Ruiz con la nota de 6 (seis), correspondiente al curso de posgrado “POLITICA Y LEGISLACION AMBIENTAL”.-

ARTICULO 2º.- DAR POR DESAPROBADO el examen del Sr. Alberto Alfaro Cabero a quien se le extenderá un certificado de asistencia al curso de posgrado “POLITICA Y LEGISLACION AMBIENTAL”.-

ARTICULO 3°.- HACER CONOCER al Sr. Alberto Alfaro Cabero que se le extendió un certificado de asistencia del Curso de posgrado “DESARROLLO COMUNITARIO” por cuanto su título de Técnico Universitario en Administración Pública no es un título de grado, ya que el certificado de Aprobación de Curso se otorga a quienes cumplen con este requisito de título universitario.-

ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. Alberto Alfaro Cabero que contra la presente, puede interponer recurso de reconsideración y jerárquico en un plazo de diez y quince días hábiles administrativos contados a partir de su notificación o por cédula.-

ARTICULO 5°.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copia a la Escuela de Posgrado, y siga a Despacho General y Mesa de Entradas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTICULO 6°.- PUBLIQUESE en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.-

mer.





Dr. Guillermo Andrés BAUDINO Dr. Julio Rubén NASSER

Secretario Vicedecano