R-DNAT-2004-1445


SALTA, 15 de diciembre de 2005.


EXPEDIENTE Nº 11.337/2005.



VISTO:


La Res. 616/04-CS - mediante la cual aprueba el Calendario Único de esta Universidad - fijando el Receso Académico de Verano a partir del 26 de diciembre de 2005; y


CONSIDERANDO:


Que esta Facultad a través de R-CDNAT-2004-0478, ha elaborado el calendario académico y atendiendo a diversas razones el mismo fue modificado por R-CDNAT-2005-0342 donde se han previsto las actividades académicas hasta el 29 de diciembre de 2005 inclusive.


Que en virtud de ello se fija el próximo receso anual en esta Facultad y de acuerdo a lo establecido por la reglamentación vigente en ese período, es obligatoria la concesión y utilización de la licencia anual ordinaria al personal que se desempeña en este ámbito.


Que la Universidad por ser un establecimiento educativo, donde la mayoría de las actividades se desarrollan desde el mes de febrero a diciembre de cada año, por lo que se requiere de la permanencia de su personal durante este lapso.


Que surge la necesidad de dejar debidamente aclarado en este aspecto, que las funciones propias del personal docente son precisa y prioritariamente tareas académicas obligan el cumplimiento y asistencia de los mismos durante el período de febrero a diciembre de cada año.


Que en este sentido corresponde dejar debida constancia que aquel docente que desee concurrir voluntariamente a realizar tareas extra-docentes en esta Facultad, durante el mes de enero de 2006, deberá solicitar mediante nota la autorización correspondiente, pero su licencia anual ordinaria no se verá suspendida o interrumpida, ni significará compensación posterior, excepto por las causales establecidas por ley.


Que en virtud de lo expresado precedentemente este Decanato ha dispuesto el receso administrativo - académico a partir del día 02 de enero de 2006 y hasta el 31 de enero de 2006 ambos inclusive.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E :


ARTICULO 1º .- Disponer Receso Administrativo – Académico a partir del día 02 de enero de 2006 y hasta el 31 de enero de 2006 ambos inclusive en esta Unidad Académica.


ARTICULO 2º.- Otorgar la Licencia Anual Ordinaria 2005 - a partir del 02 de enero de 2006 – a todo el personal docente y de apoyo universitario de esta Facultad en el contexto general de la Res. Nº 616/04-CS y, por los períodos que a cada agente le corresponda.


ARTICULO 3º.- Registrar el período de licencia anual ordinaria a usufructuar en la División Personal de esta Facultad - fijando como plazo máximo el 29 de diciembre de 2005 - en el horario

de 08:00 a 14:00. El no registro de la licencia respectiva implicará el uso de la totalidad de los días que correspondieran.


ARTICULO 4º.- Dejar debidamente aclarado que aquel docente que desee concurrir voluntariamente a realizar tareas extra-docentes en esta Facultad durante el mes de Enero de 2006, deberá solicitar mediante nota la autorización correspondiente, y que su licencia no se verá suspendida o interrumpida, ni significará compensación posterior, excepto por las causales consideradas en la reglamentación vigente.


ARTICULO 5º.- Establecer que a partir del 01 de febrero de 2006, esta Facultad abrirá sus puertas, dejando aclarado que el personal que deba retornar en esa fecha, deberá registrar su reintegro en una planilla que se habilitará a tal efecto, en Departamento de Despacho General y Mesa de Entradas de esta Facultad.


ARTICULO 6º.- Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a: Direcciones de Escuelas, Dirección Administrativo Económica, Dirección Administrativa Académica, Dirección General de Personal, Dirección General de Obras y Servicios y siga a Despacho General y Mesa de Entradas a sus efectos. Dése amplia difusión. Oportunamente archívese. Publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.-





ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES