R-DNAT-2005-1303


Salta, 23 de noviembre de 2005.-


Expte. Nº 10.714/05


VISTO


El resultado de la Licitación Privada N° 02/05-FCN que trata de la concesión del servicio de Confitería y Kiosco de esta Facultad; y



CONSIDERANDO


Que en la presente Licitación Privada se dio cumplimiento a todas las disposiciones vigentes en materia de Contrataciones del Estado.


Que en consecuencia corresponde tener en cuenta lo aconsejado por la Comisión de Preadjudicación en su informe de fecha 11 de noviembre de 2005.


Que el canon de concesión mensual será de Pesos Un mil cuatrocientos ($ 1.400,00), a abonarse en efectivo por mes vencido, del 1 al 10 de cada mes, en la Dirección Administrativo Económica de esta Facultad. Debido al receso general de actividades académicas y administrativas durante los meses de enero y julio de cada año, el concesionario quedará eximido de la prestación del servicio y al pago del canon de concesión del cien por ciento (100%) por el mes de enero y del cincuenta por ciento (50%) por el mes de julio.


Que por Resolución del Consejo Superior N° 285/01 se establece que el canon mensual de la presente licitación formará parte de los fondos del Centro Unico de Estudiantes de Ciencias Naturales de esta Facultad;


Que se dispuso como fecha de adjudicación de la presente Licitación Privada, el día 01 de diciembre de 2005.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Adjudicar la presente LICITACION PRIVADA N° 02/05-FCN, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases, a la oferta presentada y a Ordenes de Compra N°s 26 y 27 /05-FCN, a la Sra.Catalina Mabel LOBO – DNI Nº 18.117.258 – con domicilio en Gral. Balcarce Nº 261 – Bº Ciudad del Milagro de esta ciudad - CUIT N° 23-18117258-4, INGRESOS BRUTOS N° 23-18117258-4, por el término de tres (3) años, contados a partir del día 01 de diciembre de 2005, prorrogable por un (1) año más, siempre que el concesionario haya observado un excelente desempeño, cumplimiento del contrato de concesión y por expresa disposición de la Facultad de Ciencias Naturales y a pedido del Centro Unico de Estudiantes de Ciencias Naturales, por las razones expuestas precedentemente.


ARTICULO 2°.- Establecer como canon de concesión mensual la suma total de Pesos Un mil cuatrocientos ($ 1.400,00), a abonarse en efectivo por mes vencido, del 1 al 10 de cada mes, en la Dirección Administrativo Económica de esta Facultad. Debido al receso general de actividades académicas y administrativas durante los meses de enero y julio de cada año, el concesionario quedará eximido de la prestación del servicio y al pago del canon de concesión del cien por ciento (100%) por el mes de enero y del cincuenta por ciento (50%) por el mes de julio.


ARTICULO 3º.- Disponer, de acuerdo a lo establecido por Resolución del Consejo Superior Nº 285/01, que el canon mensual de la presente licitación privada formará parte de los fondos del Centro Unico de Estudiantes de Ciencias Naturales de esta Facultad.


ARTICULO 4º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copia a la interesada, Dirección General de Obras y Servicios, Secretaría de Bienestar Universitario, Centro Unico de Estudiantes de Ciencias Naturales, Dirección General de Administración, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta y siga a Dirección Administrativo Económica para su toma de razón y demás efectos.




Hilda Rosa Mercado

Dirección Administrativa Económica

Facultad de Ciencias Naturales


Dr. Julio Ruben Nasser

Decano

Facultad de Ciencias Naturales