R-DNAT-2005-0441


Salta, 10 de mayo de 2005.-


EXPEDIENTE N° 10.828/03



VISTO:


El Dictamen N° 7947 de Asesoría Jurídica-Dirección de Sumarios, de esta Universidad; y



CONSIDERANDO:


Que el presente expediente trata sobre el dictado del curso de posgrado “POLITICA Y LEGISLACION AMBIENTAL”, aprobado por Resolución CDNAT N° 352-2003;


Que a fs. 36/38 rola el listado de los participantes, a fs. 39/40 planilla de asistencia y a fs. 41/159 los exámenes del mentado curso;


Que luce a fs. 160/161 la planilla de notas de los participantes, en la que el M.Sc. Diego MENDEZ MACÍAS deja en suspenso las notas de María Delicia RUIZ y Alberto ALFARO CABERO, hasta que se aclaren los exámenes realizados. Dirección de Sumarios aconseja se cite a los antes nombrados a una reunión con los que le tomaron el examen a fin de que cada uno dé las explicaciones que considere oportunas;


Que citados los Sres. Cabero y Ruiz (fs. 166/167) se les recibe su declaración a fs. 173 y 174 respectivamente;


Que en la primera de las actas de la que participaron el Dr. Carlos Mario CUEVAS, M. Sc. Juan José SAUAD, M. Cs. Diego MENDEZ MACÍAS y el señor CABERO, a quien se le hizo conocer de la irregularidad observada en su examen que era similar al de la Dra. María Delicia RUIZ y que se observa que corta los párrafos quedando sin sentido lo expresado, quien contestó que no copió y que la doctora se sentó más adelante;


Que en la segunda de las actas en las que participaron los antes mencionados y la Srta. María Delicia RUIZ, a quien se le hizo conocer de la irregularidad observada en su examen la que contestó que llegó tarde al examen, se ubicó para desarrollarlo, que no conoce a los asistentes al mismo por vivir en el interior de la provincia, que se cambió de lugar a la mitad del examen, que se concentró en la realización de su examen porque tenía poco tiempo y debía regresar el mismo día y que se cambió de lugar en dos oportunidades más. Hace conocer que su ámbito de conocimiento y experiencia está vinculado con la Minería y el Patróleo porque es abogada de empresas petroleras;


Que el M. Sc. Méndez Macías a fs. 175 efectúa un minucioso análisis de los exámenes y de las reuniones mantenidas con los Sres. Cabero y Ruiz; considera que:

  1. Observa la misma redacción de los exámenes de fs. 139 y 143 hasta el primer punto aparte del examen de Cabero, el cual deja la oración inconclusa después de la palabra luego, mientras que Ruiz, continúa después de luego dándole sentido a la frase.

  2. Que otro dato a tener en cuenta sobre dicho párrafo es que el ejemplo de los exámenes es sobre una empresa minera de origen canadiense, materia que es objeto de trabajo de uno de los alumnos involucrados.

  3. Luego del primer párrafo los exámenes siguen siendo idénticos hasta el final (2do. Párrafo). En este punto debe aclararse que en el examen del Sr. Cabero aparece una firma al terminar la redacción del segundo párrafo y luego aparecen transcriptos en forma literal dos párrafos de las filminas dadas en clase sobre otro tema que nada tiene que ver con la Evaluación de Impacto Ambiental y Social, como es la formulación de Normas Técnicas Ambientales.

  4. Los dos alumnos estaban sentados con bastante cercanía, por lo que entiende que el primero copió el examen de la Dra. Ruiz desaprobando el examen del primero y se sugiere que se le expida un certificado de asistencia al módulo y confirma la nota de seis dejada en suspenso a fs. 161;

      Que el Comité Académico avala este informe rolante a fs. 175, en el sentido de dar por aprobado el examen

de la abogada María Delicia Ruiz y extender certificado de asistencia al Sr. Alberto Alfaro Cabero;


Que respecto a su nota en la que le entregaron un certificado de asistencia del curso de Desarrollo Comunitario dictado por docentes de la Universidad Central María Abreu de Las Villas (Cuba) se le informa que los certificados de Aprobación de Curso fueron extendidos exclusivamente a los asistentes que acreditaron oportunamente título de grado universitario y no a los alumnos sin título universitario y/o técnico a quienes por tanto les correspondía un certificado de asistencia solamente;


Que el Sr. Cabero acreditó ser Técnico Universitario en Administración Pública lo que ameritó entregarle un certificado de asistencia;


Que de conformidad al inciso j del artículo 117 corresponde a este Decanato dictar la presente y que se transcriba íntegramente el Dictámen N° 7947 de Asesoría Jurídica – Dirección de Sumarios, mencionado más arriba y que obra a fs. 189/190;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- DAR POR APROBADO el examen de la Abogada María Delicia Ruiz con la nota de 6 (seis), correspondiente al curso de posgrado “POLITICA Y LEGISLACION AMBIENTAL”.-


ARTICULO 2º.- DAR POR DESAPROBADO el examen del Sr. Alberto Alfaro Cabero a quien se le extenderá un certificado de asistencia al curso de posgrado “POLITICA Y LEGISLACION AMBIENTAL”.-


ARTICULO 3°.- HACER CONOCER al Sr. Alberto Alfaro Cabero que se le extendió un certificado de asistencia del Curso de posgrado “DESARROLLO COMUNITARIO” por cuanto su título de Técnico Universitario en Administración Pública no es un título de grado, ya que el certificado de Aprobación de Curso se otorga a quienes cumplen con este requisito de título universitario.-


ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. Alberto Alfaro Cabero que contra la presente, puede interponer recurso de reconsideración y jerárquico en un plazo de diez y quince días hábiles administrativos contados a partir de su notificación o por cédula.-


ARTICULO 5°.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copia a la Escuela de Posgrado, y siga a Despacho General y Mesa de Entradas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.


ARTICULO 6°.- PUBLIQUESE en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.-

mer.




PROF. RICARDO RAUL PEREZ

DIRECTOR ADMINISTRATIVO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES