R-DNAT-2005-0381


Salta, 29 de abril de 2005.-


Expte. 11.262/04



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de inscripción en la carrera de posgrado Doctorado en Ciencias Geológicas elevada por el Geól. Jorge Esequiel HEREDIA; y



CONSIDERANDO:


Que a fs. 28 obra Dictamen de la Comisión Asesora del Doctorado en Ciencias Geológicas la que informa 1) Que el Postulante posee título de Geólogo otorgado por la Universidad Nacional de Salta; 2) Que su presentación cumple con las formas exigidas por la reglamentación vigente; 3) Que el Postulante cursó Inglés durante su carrera; 4) Que no acredita conocimientos de un segundo idioma; 5) Que no acredita cursos de posgrado; 6) Que tanto el título del proyecto de tesis doctoral: “ESTRATIGRAFÍA DE LOS DEPÓSITOS BASALES DE LA CUENCA DE ANTEPAIS EN LAS SIERRAS SUBANDINAS SEPTENTRIONALES, Provincia de Salta” como el plan de trabajo se consideran adecuados para alcanzar los objetivos de la investigación; 7) Que tanto la Dra. Rosa MARQUILLAS como la Dra. Cecilia DEL PAPA reúnen las condiciones para desempeñarse Directora y Co-Directora, respectivamente; por lo expuesto se sugiere “1.- Aprobar el tema y plan de trabajo propuesto. 2. Aprobar a la Dra. Rosa MARQUILLAS y Dra. Cecilia DEL PAPA para que se desempeñen como Directora y Co-Directora respectivamente. 3. Se consideran cumplidos los requerimientos respecto al idioma Inglés, y se solicite al Postulante que indique cuál será el segundo idioma que requiere la reglamentación vigente el que deberá ser aprobado dentro de los dos años próximos a su inscripción. 4. Inscribir al Geól. Jorge Esequiel HEREDIA en la Carrera del Doctorado en Ciencias Geológicas. 5. Indicar que deberá realizar cursos de posgrado para reunir el crédito horario que la reglamentación vigente exige”;


Que a fs. 38 obra Dictamen de la Comisión de Docencia y Disciplina que aconseja autorizar la inscripción del Geól. Jorge Esequiel HEREDIA en el Doctorado en Ciencias Geológicas de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Asesora del Doctorado mencionado y que obra a fs. 28 y 28 vta.;


Que a fs. 39 obra Despacho N° 267-05 de Consejo y Comisiones que solicita la emisión de la presente;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias y lo dispuesto por Resolución R-CDNAT-2003-N° 0378, Capítulo II, Artículo 7°- Inciso 28;


EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E :


ARTICULO 1°.- Dejar debidamente establecido que la Facultad de Ciencias Naturales cuenta con el suficiente respaldo académico para entender en la Tesis Doctoral del Geól. Jorge Esequiel HEREDIA.-


ARTICULO 2°.- AUTORIZAR la inscripción del Geól. Jorge Esequiel HEREDIA – D.N.I. N° 24.654958, en la Carrera de Posgrado Doctorado en Ciencias Geológicas, por cuanto posee título habilitante para ingresar a la misma.


ARTICULO 3°.- APROBAR el tema de Tesis Doctoral y Plan de Trabajo que habrá de desarrollar el Geól. Jorge Esequiel HEREDIA titulado: “ESTRATIGRAFÍA DE LOS DEPÓSITOS BASALES DE LA CUENCA DE ANTEPAIS EN LAS SIERRAS SUBANDINAS SEPTENTRIONALES, Provincia de Salta”.-


ARTICULO 4°.- Prestar conformidad para que la Dra. Rosa A. MARQUILLAS, Profesora de la Carrera de Geología de esta Facultad e Investigadora del CONICET actúe como Directora en esta Tesis Doctoral y como Co-Directora de la misma, la Dra. Cecilia DEL PAPA, Investigadora del CONICET.-


ARTICULO 5°.- Dejar debidamente establecido que se consideran cumplidos los requerimientos respecto al idioma Inglés. El Doctorando deberá aprobar, en los próximos dos años a su inscripción, una prueba de traducción al Idioma Español de un idioma a su elección, que no sea el Inglés.-


ARTICULO 6°. Dejar debidamente establecido que el Doctorando deberá realizar cursos de posgrado para reunir el crédito horario que la reglamentación vigente exige (250 horas), cuyos contenidos sean afines a la temática del trabajo de tesis. .-


ARTICULO 7°.- La matrícula Anual de esta Carrera tiene un costo de Pesos Trescientos ($300) y deberá ser abonada en forma completa al momento de la inscripción. Posteriormente podrá ser efectivizada en dos cuotas cuyos vencimientos operarán el 30 de abril y el 30 de octubre de cada año. Los pagos deberán realizarse en la Dirección Administrativa Económica de la Facultad de Ciencias Naturales.-


ARTICULO 8°.- Dejar debidamente establecido que el valor de la matrícula no incluye el pago de arancel de los cursos que el Doctorando realice.-


ARTICULO 9°.- De la suma que se recaude, el 95% deberá será entregado a la Dra. María Cristina MOYA, Directora de la Carrera de Posgrado Doctorado en Ciencias Geológicas, para atender los gastos organizativos y emergentes de la implementación de cursos y otras acciones que prevé la carrera mencionada, con cargo de rendición de cuentas, mientras que el 5% restante será imputado a la Cuenta “Ingresos No Tributarios - Derechos- de la Facultad de Ciencias Naturales.-


ARTICULO 10°.- El Doctorado en Ciencias Geológicas ha sido acreditado y categorizado “A” según Resolución N° 861/99 de la CONEAU y el Doctorando ha sido notificado a fs. 29.-


ARTICULO 11°.- Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a Escuela de Posgrado, Dirección Administrativa Económica, Tesorería General de la UNSa y siga a la Escuela de Posgrado para su toma de razón y demás efectos.-

mer.




ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES