R-DNAT-2004-0191


SALTA, 06 de abril de 2004.


EXPEDIENTE Nº 11.069/03



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con la contratación del Ing. Guillermo Horacio Villanueva - en la categoría de Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva para la cátedra de "Uso sustentable del Suelo y Topografía Agrícola" de la Escuela de Agronomía; y


CONSIDERANDO:


Que el Consejo Superior a través de su Res. Nº069/04-CS, resolvió autorizar a la Facultad de Ciencias Naturales la contratación del citado profesional en el cargo de Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva para la cátedra de "Uso sustentable del Suelo y Topografía Agrícola" de la Escuela de Agronomía de esta Facultad - a partir del 01 de marzo de 2004 y hasta que el cargo sea cubierto por la vía del concurso y no más allá del del 28 de febrero de 2005.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Contratar los servicios del Ing. Guillermo Horacio VILLLANUEVA - a partir del día 01 de marzo de 2004 y hasta que el cargo sea cubierto por concurso o hasta el 28 de febrero de 2005 - en el cargo de Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva para la cátedra "Uso sustentable del Suelo y Topografía Agrícola" de la Escuela de Agronomía de esta Facultad, con los derechos y obligaciones que se establecen en el Contrato que como Anexo I se agrega a la presente Resolución.


ARTICULO 2º.- Establecer un plazo de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la notificación de la presente para que el interesado cumplimente los formularios de estilo ante la Dirección General de Personal, por corresponder.


ARTICULO 3º.- Atender el gasto producido por el presente Contrato con la partida presupuestaria de Profesor Asociado - dedicación exclusiva correspondiente a la cátedra “"Uso sustentable del Suelo y Topografía Agrícola" de la Escuela de Agronomía de esta Facultad.


ARTICULO 4º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: interesado, Escuela de Agronomía, Obra Social y siga a Dirección de Personal para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.-





DR. GUILLERMO ANDRES BAUDINO

SECRETARIO

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


ING.AGR.STELLA MARIS PEREZ DE BIANCHI

D E C A N A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES











ANEXO I


C O N T R A T O


- - Entre la Facultad de Ciencias Naturales, representada en este acto por su Decana, Ing. Stella Maris Perez de Bianchi, en adelante llamado el Contratante, y que constituye domicilio legal en calle Buenos Aires Nº 177 de esta ciudad de Salta y, el Ing. Guillermo Horacio Villanueva L.E.Nº 6.878.333, en adelante llamado el Contratado, que registra como domicilio real en calle Pje.Las Higuerrillas 2298, de la ciudad de Salta y cuyo domicilio legal es el mismo que el antes indicado por la otra parte, se conviene celebrar el presente contrato de locación de servicios, en un todo de acuerdo con la autorización conferida por Resolución Nº 069/04 del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Salta, con sujeción a las siguientes cláusulas:


PRIMERA: EL CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia en la Facultad de Ciencias Naturales, en calidad de Profesor Contratado con retribución equivalente al de Profesor Asociado - dedicación semiexclusiva.


SEGUNDA: EL CONTRATADO prestará servicios de lunes a viernes a razón de 20 (veinte) horas semanales, en el horario, forma y lugar que establezca el contratante.


TERCERA: EL CONTRATADO percibirá todo otro aumento de salarios que instrumente el PEN, para el personal docente de las Universidades Nacionales, durante el período de vigencia del presente contrato.


CUARTA: EL CONTRATADO queda comprendido dentro del régimen de licencias instítuido por Res. Nº 343-83 o cualquiera que la constituya dentro del ámbito de la Universidad Nacional de Salta.


QUINTA: La retribución del CONTRATADO estará sujeta a descuentos de Ley que hubieren. El CONTRATADO abonará los gravámenes impositivos, de Obra Social, Seguros de Vida, etc., exigidos en virtud de la legislación vigente.


SEXTA: EL CONTRATANTE atenderá la designación del Contratado con la partida presupuestaria correspondiente al cargo de Profesor Asociado - dedicación exclusiva del presupuesto de personal de esta Facultad.


SEPTIMA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca el Contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad ni a la carrera docente que consagran los estatutos en vigor, no obrante, le serán de aplicación las disposiciones de dichos instrumentos legales en cuanto corresponda a los deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente del Estado.


OCTAVA: EL CONTRATANTE podrá rescindir el presente contrato en cualquier momento sin necesidad de interpelación judicial. La restricción se operará en pleno derecho con la sola comunicación por escrito por el Contratante al Contratado y sin que se cree a favor de éste derecho a indemnización de naturaleza alguna. Por su parte el Contratado podrá rescindir la presente obligación en cualquier momento, dando aviso al Contratante por escrito con treinta (30) días de anticipación como mínimo.


NOVENA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día 01 de marzo de 2004 y hasta que el cargo sea cubierto por concurso y no más allá del 28 de febrero de 2005, de acuerdo a lo establecido por Res. Nº 069/04 del Consejo Superior de esta Universidad.


DECIMA: Para los efectos legales emergentes de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal. Conforme las partes y previa lectura y ratificación se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto. En la ciudad de Salta a los veintinueve días del mes de marzo de dos mil cuatro.-



Ing.Guilllermo Horacio Villanueva Ing. Stella Maris Perez de Bianchi