R-DNAT-2003-0987

SALTA, 25 de noviembre de 2003.-


EXPEDIENTE N° 10.935/00




R – DNAT – 2003 Nº 0987




VISTO:

Las presentes actuaciones relacionadas con el dictado del Curso de Capacitación, titulado “EL MÉTODO DE VALORACION DE COSTO DE VIAJE, SU APLICACION EN LA VALORACION ECONÓMICA DE BIENES RECREATIVOS – SEGUNDO MÓDULO”, desarrollado durante el mes de diciembre de 2002; y


CONSIDERANDO:

Que por Resolución N°038/01 FCN se autorizó el dictado del Curso de Capacitación “MÉTODO DE VALORACION DE COSTO DE VIAJE, SU APLICACION EN LA VALORACION ECONÓMICA DE BIENES RECREATIVOS”, fs. 6;

Que dicho Curso ha sido dictado en dos Módulos y corresponde formalizar, a través de la presente, el dictado del Segundo Módulo destinado a recrear la experiencia concreta de valoración económica sobre la base de un recurso recreativo seleccionado por los propios participantes durante el dictado del Primer Módulo;

Que este Segundo Módulo tuvo una carga horaria de 40 (cuarenta) horas prácticas, distribuidas a lo largo de seis meses a partir de diciembre de 2002, con evaluación, según lo informado a fs.15 y se encuadra en las disposiciones establecidas en la Resolución Nº914/96 FCN;

Que los participantes aplicaron conceptos transmitidos en el Primer Módulo, de caracter teórico, y se ha trabajado sobre un diseño de la aplicación del MVC ;

Que este Curso estuvo a cargo del Lic. Juan José SAUAD y de la Lic. Silvia SUHRING;

Que la Comisión de Docencia y Disciplina aconseja se de por aprobado el dictado del Segundo Módulo del Curso mencionado, según dictamen de fs. precedentes;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(Ad Referendum del Consejo Directivo)


R E S U E L V E :













EXPEDIENTE N° 10.935/00





R – DNAT – 2003 N° 0987



ARTICULO 1º.- Tener por autorizado el dictado del Segundo Módulo del Curso de Capacitación titulado “MÉTODO DE VALORACION DE COSTO DE VIAJE, SU APLICACION EN LA VALORACION

ECONÓMICA DE BIENES RECREATIVOS”, desarrollado a partir del mes de diciembre de 2002, con una duración de seis meses, una carga horaria de 40 (cuarenta) horas prácticas, con evaluación, según lo informado a fs.15, el que se encuadra en las disposiciones establecidas en la Resolución Nº914/96 FCN;

ARTICULO 2º.- Hágase saber a quien corresponda y elévese al Consejo Directivo solicitando la convalidación de la presente.


ARTICULO 3°.- Publíquese en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.-


mer.





Dr. Guillermo Andrés BAUDINO Ing. Agr. Stella Maris PEREZ de BIANCHI

Secretario Decana