Salta, 11 de Agosto de 2010


566/10


Expte. Nº 14.087/10


VISTO:
            La nota Nº 1490/10 presentada por el alumno Pablo Damián Sarotti en donde solicita se revise su situación curricular respecto al requisito curricular Ingeniería y Sociedad, manifestando que durante el período Segundo Cuatrimestre del año 2007, procedió a inscribirse, cursar y promocionar el mencionado requisito, no figurando en su estado curricular registro de tal condición; y


CONSIDERANDO:
            Que el Departamento Alumnos informa que el alumno en cuestión no presenta registro de inscripción en este requisito en el período Segundo Cuatrimestre 2007, según lo verificado en detalle de inscripciones emitido por SIU Guaraní
            Que la Docente responsable del requisito curricular, Ing. María Alejandra Ceballos, informa que el alumno efectivamente cursó y  aprobó el requisito en el Segundo Cuatrimestre del año lectivo 2007;
            Que la Secretaria Académica de la Facultad, Ing. Mónica Liliana Parentis, por lo expuesto precedentemente, aconseja habilitar la inscripción extemporánea del alumno en el requisito mencionado para registrar su aprobación;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
R E S U E L V E


ARTICULO 1º.- Dar por habilitada la inscripción extemporánea del Segundo Cuatrimestre lectivo 2007, en el requisito curricular INGENIERIA Y SOCIEDAD del Plan de Estudio 1.999 Modificado de la carrera de Ingeniería Química al alumno Pablo Damián SAROTTI, L.U. Nº 306.710 y registrar su aprobación según el informe de la responsable docente Ing. María Alejandra Ceballos.-
ARTICULO 2º.- Hágase saber comuníquese a Secretaría de la Facultad, a Dirección de Control Curricular a la Ing. María Alejandra Ceballos, al alumno interesado y siga por Dirección Administrativa Académica al Departamento Alumnos para su toma de razón y demás efectos.-
om

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