SALTA, 15 de Noviembre de 2007


Expediente N° 1.177/07. -


RES. D. N° 480/07


VISTO : La presentación efectuada por los Sres. Luján María Victoria SERRANO L.U. Nº 211.343; Diego Alejandro ALARCON L.U. Nº 211.359 y Juan KAMPITAKIS L.U. Nº 211.887, alumnos de esta Facultad, Fs. 1/3 de las presentes actuaciones; y,


CONSIDERANDO:


Que los autores de la mencionada nota manifiestan ser, desde hace más de un (1) año a la fecha, objeto de constantes amenazas, persecuciones y situaciones incómodas, tanto dentro como fuera del predio universitario por parte del alumno Marcelo Valentín ARIAS L.U. Nº 211830.


Que los alumnos supuestamente agredidos expresan que últimamente se han profundizado las amenazas contra Serrano y Alarcón, tendientes a proceder en forma drástica sobre la integridad física de éstos y su entorno.


Que el Reglamento General de Alumnos de esta Universidad, aprobado por Resolución C.S. Nº 489/84 y modificatorias, en el Capítulo Derechos y Obligaciones de los Alumnos, Artículo 33, inciso c) expresa: “Observar en el ámbito de la Universidad una conducta digna” y en el inciso f): “Observar un trato correcto y respetuoso con las autoridades, docentes, no docentes y estudiantes de la Universidad”.


Que el Sr. Decano de esta Facultad solicita a la Sra. Rectora la intervención del servicio Jurídico estable de esta Universidad, el cual mediante Dictamen Nº 320, de fecha 09-11-07, expresa textualmente lo siguiente:


Sra. Rectora:


Viene a consulta el presente expediente respecto a la existencia de amenazas graves a la integridad física que realiza supuestamente el alumno de esta Casa Altos Estudios, Marcelo Valentín Arias a otros alumnos de la Facultad de Ciencias Exactas”.


Obran de fs. 2 a 3 copias de las denuncias que los amenazados han realizado en Comisarías de la Ciudad, las mismas son coincidentes y refieren a hechos graves. Así las cosas, este servicio Jurídico considera que estamos ante denuncias que deben atenderse con la máxima diligencia ya que los hechos revisten tal gravedad que pueden llegar a tener consecuencias inimaginables en la vida y la integridad física y moral de alumnos de esta casa, así como en la persona del presunto agresor, por lo que aconsejo ordenar un Sumario inmediatamente, tendiente a verificar la existencia de estos hechos, así como sancionar cualquier conducta reprochable que surja de los mismos, identificando al o a los responsables, por lo que necesario dictar inmediata resolución en tal sentido, designando como Instructora Sumariante a la Abogada Raquel de la Cuesta de la Dirección de Sumarios de esta Universidad y en forma preventiva notificarle al alumno Marcelo Valentín Arias, mediante resolución y bajo apercibimiento de concurrir inmediatamente a la Justicia, que deberá abstenerse de acercarse a sus compañeros, los alumnos cuyos datos obran en los escritos de fs.1 a 3, consignando sus datos, haciendo conocer esa novedad al personal que presta vigilancia en el predio universitario. Fdo. Gloria K. de Barrandeguy – Asesora Jurídica”.


Que el día 14-11-07, a horas 11,30 el alumno Alarcón denuncia haber sido objeto de violencia física por parte del involucrado Arias, sin provocación ni motivo, citando como testigos a los alumnos Juan Kampitakis y Jorge Ponce, ambos de la Carrera de Profesorado en Matemática.


POR ELLO:

Y, en uso de las atribuciones que le son propias,


LA VICEDECANA A/C DEL DECANATO DE LA FACULTAD DE

CIENCIAS EXACTAS


RESUELVE:


ARTICULO 1º.- Ordenar la instrucción del Sumario pertinente, a cargo del Servicio Jurídico de esta Universidad.


ARTICULO 2º.- Disponer que el Sumario ordenado por el artículo anterior esté a cargo de la Abgda. Raquel de la Cuesta, Directora de Sumarios de esta Universidad, el que se encuadrará legalmente conforme las disposiciones reglamentarias y legales pertinentes.


ARTICULO 3º.- Comunicar, bajo apercibimiento de concurrir inmediatamente a la Justicia, al alumno Marcelo Valentín Arias, que deberá abstenerse de acercarse a sus compañeros, Diego Alejandro Alarcón, Luján María Victoria Serrano, Juan Kampitakis y Jorge Benito Ponce.


ARTICULO 4º.- Notificar al Sr. Marcelo Valentín Arias que puede interponer en contra de la presente resolución recursos de reconsideración y jerárquico en los plazos de 10 (diez) y 15 (quince) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día hábil subsiguiente de su notificación personal o por cédula; conforme artículos 84, 90 y concordantes del Decreto 1759/72 Reglamento ( t.o. 1991) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.


ARTICULO 5º.- Hágase saber y notifíquese a: Sra. Directora de Sumarios Abgda. Raquel de la Cuesta; Dirección General de Obras y Servicios; Sr. Marcelo Valentín Arias, L.U. Nº 211.830 con domicilio en Coronel Vidt 3098; Sr. Diego Alejandro Alarcón, L.U. Nº 211.359 con domicilio en José Seguí 561, Ciudad del Milagro; Srta. Luján María Victoria Serrano con domicilio en La Gaceta 2575, Bº El Tribuno; Sr. Juan Kampitakis con domicilio en Manzana 8 Lote 4 Nº 198, Grupo 244, Castañares y Sr. Jorge Benito Ponce con domicilio en Jaime Dávalos 267, Bº San José, Rosario de Lerma. Cumplido, siga a la Dirección de Asesoría Jurídica para su toma de razón y demás efectos.-


RMD.


Firmado: Dr. Jorge Yazlle – Prof. Silvia Luz Rodríguez

Secretario Académico - Vicedecana