SALTA, 13 de Agosto de 2004

Expediente Nº 8.276/04


Res. D. Cs. Ex. Nº 184/04

VISTO:

Estas actuaciones;

CONSIDERANDO:

Que surge de lo informado por el Sr. Director Administrativo Académico, que es factible hacer lugar a lo solicitado, en tanto que las razones esgrimidas en los temas, puesta en punto de los datos relativos a la situación curricular y su comparación con los que cuenta el sistema informático, de los períodos lectivos comprendidos desde 1973 (fecha de creación de la U.N.Sa.) hasta fines de 1990, con el propósito de instrumentar con posterioridad, la segunda versión del SIU GUARANI, como así también lo relacionado con el control curricular y documental de los alumnos que tienen en trámite sus respectivos diplomas para la próxima colación de grado;

Que además se hace necesario efectuar igual tarea con aquellos legajos de alumnos que habrán de recibir sus diplomas en diciembre/04 y en la primera colación del año venidero;

Que, como bien lo sostiene la Dirección Administrativa Académica, corresponde hacer lugar a lo solicitado con los condicionamientos necesarios para el desarrollo de las tareas que se prevee realizar, que deberá instrumentarse por etapas;

Que situaciones como las apuntadas se encuadran en los términos de la Res. C.S. Nro. 030/00;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Tener por otorgada al Personal de Apoyo Universitario de esta Unidad Académica que abajo se menciona, una asignación complementaria remunerativa no bonificable, por el desempeño de 15 horas semanales de carga horaria adicional a su jornada habitual, conforme a lo establecido en la Res. C.S. Nro. 030/00 por el período comprendido entre el 10/08/04 y hasta el 30 de Octubre venidero, renovable mes a mes, sujeta a la presentación de informes comprobables de las tareas asignadas cumplidas

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Res. D. Cs. Ex. Nº 184/04

ARTICULO 2º: Dejar debidamente aclarado que las funciones a cumplir por las personas mencionadas precedentemente, serán coordinadas y supervisadas por el Jefe del Departamento Alumnos, Prof. Almeda, quien habrá de asumir asimismo la responsabilidad total del cumplimiento de las tareas a desarrollar, en horario adicional.

ARTICULO 3º: Fijar como metas y plazos, las que se indica seguidamente:

Hasta el próximo 20 de Setiembre:

  1. 50% de la ejecución de la búsqueda de antecedentes e información que permita conocer la real situación académica, confirmación, registro y migración, de todos los datos de alumnos que, por deserción en diferentes períodos lectivos, no se realizaronen en tiempo y forma desde 1990 a la fecha y en el lapso 1985/1989.

  2. Organización y puesta a punto de todos y cada uno del 100% de los legajos y sus respectivas situaciones curriculares de alumnos cuyos diplomas se encuentren en trámite para la próxima colación de grados.

  3. Expurgar y/o rehabilitar legajos de Alumnos Ingresantes y Reingresantes 50%, independientemente de la fecha antes mencionada.

ARTICULO 4º: Disponer que, a los efectos de la percepción de la asignación complementaria, deberá elevarse a Dirección Administrativa Académica, las planillas de asistencia respectivas, y a Secretaría Académica de la Facultad, un informe de las tareas efectivamente cumplidas, en la que se marcará el grado de cumplimiento de las mismas, a la fecha indicada en el artículo precedente.

ARTICULO 5º: Hágase saber y siga a Dirección Gral. de Personal para su toma de razón, registro y demás efectos. Cumplido, ARCHIVESE.

NV

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Firmado:
Prof. María Elena Higa, Secretaria Académica
Ing. Juan Francisco Ramos, Decano