Salta, 22 oct 2007

RES. 792.07

Expte. 6451/07

 

VISTO:

 

      EL Artículo 2° de la Resolución 563101, por medio del cual se autoriza la liquidación y el pago a la Sra. GLADYS GRACIELA LEIVA, de no más de treinta (30) horas extras durante el mes de Septiembre del año en curso, a razón de dos (2) horas extras diarias, tres (3) días por semana, para realizar actividades administrativas académicas en la Dirección de postgrado de esta Facultad, en un todo de acuerdo con lo establecido por el Artículo 74° del Decreto 366/06; y,

 

CONSIDERANDO:

 

      Que se ha consignado erróneamente la modalidad del cumplimiento de las horas por parte de la Sra. Leiva, por cuanto lo autorizado fue treinta (30) horas extras mensuales, sin límites semanales o diarios salvo lo señalado por la reglamentación vigente.

 

      Que el Artículo 74° del Decreto 366/06 establece como máximo el cumplimiento de tres (3) horas extras diarias.

 

POR ELLO:

 

      En uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS,

JURÍDICAS Y SOCIALES

RESUELVE:

 

Artículo 1°.- Modificar el Artículo 2° de la Resolución 563/07 el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

"Artículo 2°.- Autorizar la liquidación y el pago a la Sra. GLADYS G. LEIVA, de no más de treinta (30) horas             extras durante el mes de Septiembre del año en curso, para realizar actividades administrativas académicas en               la Dirección de postgrado de esta Facultad, en un todo de acuerdo con lo establecido por el Artículo 74° del

Decreto 366/06.

 

Artículo 2°.- Dejar establecido que la cantidad efectiva de horas mensuales que cumpla la Sra. GLADYS G. LEIVA en la Dirección de postgrado, serán informadas y certificadas por las Coordinadoras del Sector, Cras. Azucena Sánchez ylo Liliana Borel1i.

 

Artículo 3°.- Hágase saber a los interesados y siga a la Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos.

 

 

Cra. ELIZABETH TRUNINGER de LORE -SECRETARIA ACADEMICA

 

Cr. VICTOR HUGO CLAROS –DECANO