Salta, 2 de noviembre de 2006

 

RES. N° 923/06 Expte. N° 6037106

 

VISTO:

 

      La nota presentada por el Licenciado JORGE AUGUSTO PAZ, Profesor Adjunto Regular con dedicación semi exclusiva de la Cátedra Economía III de esta Facultad, por medio de la cual solicita el pago retroactivo del adicional establecido por el Decreto 1610/93; y,

 

CONSIDERANDO:

 

      El informe de la División Personal -Dirección Administrativa, que obra a fs. 13 del expediente de referencia.

     

      El Dictamen N° 7547 del Servicio de Asesoría Jurídica de esta Universidad, en el que expresa: "...que el adicional mensual remunerativo no bonificable previsto en el Oto. 1610/93 debía ser pagado desde e11° de agosto del año 1993, conforme surge del texto de la norma, y que debía ser abonado por la Universidad desde el momento en que los

docentes cumplían con los requisitos establecidos en la norma de fondo.

 

      Sin perjuicio ello, resulta de aplicación en el caso de autos el a.rt. 4027 del Código Civil, en cuanto establece el plazo de prescripción de 5 (cinco) años, para todo /o que debe pagarse por años y por plazos periódicos más cortos (en el caso el adicional debe abonarse mensualmente). Así las cosas y de acuerdo a la norma citada, verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas por el Oto. 1610/93 y de corresponder, se debe liquidar el adicional solicitado por la docente retroactivamente, sólo computando los cinco últimos años, atento que con relación a los demás años ha obrado la prescripción para el pago."

 

      Que, conforme a lo informado por la Dirección Académica de esta Facultad a fs. 12 de las presentes actuaciones, corresponde reconocer y abonar el adicional citado por los años 2004 y 2005, encuadrando la situación en el apartado 82. Opción (a).

 

POR ELLO:

     

      En uso de las atribuciones que le son propias,

 

 

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS,

JURÍDICAS y SOCIALES

 

RESUELVE:

 

 

Artículo 1°.- Disponer la liquidación y el pago del adicional establecido por Dcto. 1610193 del P.E.N. y normas  complementarias, al Lic. JORGE AUGUSTO PAZ, partir del 1 de enero de 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2005.

 

Artículo 2°,- Hágase saber al interesado la Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos.

 

Firmado:

CR. Victo, Hugo Claros

CRA. ELIZABETH TRUNINGER DE LORE, SEC. ACADEMICA