RESOLUCIÓN N° 799/06

 

EXPEDIENTE N° 6.553/06

 

SALTA, 05 de octubre de 2006

 

V I S T O las presentaciones efectuadas por los alumnas Laura Mariela MACEDO, L.U. N° 514.093, de la carrera de Licenciatura en Administración, Plan de Estudios 2.003 y Fanny Graciela Lorena GARCÍA, L.U. N° 513¡585 de la carrera de Contador Público Nacional, Plan 2.003, en las que solicitan inscripción y cursado condicional en asignaturas de sus

respectivos planes de estudios, y;

 

CONSIDERANDO:

 

      Lo dispuesto por el Reglamento de Alumnos de la Universidad Nacional de Salta -Res. C. S. N° 489/84 que establece que el cursado de una asignatura debe ajustarse a las correlatividades fijadas por el Plan de Estudios de la carrera  correspondiente.

 

      La Resolución N° 159/91, del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Salta, que permite el cursado condicional de asignaturas solo en casos de trámite de equivalencia de materias aprobadas en otras Universidades.

 

      El dictamen de la Comisión de Docencia a fs 3 del Expediente de referencia;

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

 

EL VICE-DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

JURIDICAS y SOCIALES

 

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1° -No autorizar a la alumna Laura Mariela MACEDO, L.U. N° 514.09:3, de la carrera de Licenciatura en Administración, Plan de Estudios 2.0~3, el cursado condicional de las asignaturas "ESTADÍSTICA I" y "ECONOMIA III"

 

ARTICULO 2° -No autorizar a la alumna Fanny Graciela Lorena GARCÍA, L.U. N° 513.585 de la carrera de Contador Público Nacional, Plan 2.003, el cursado condicional de la asignatura "ESTADÍSTICA I".

 

ARTICULO 3° -De forma.