SALTA, 2 O DIC 2005

Res. N° 9 6 8 -O 5 Expte. N° 6. 336/04

 

VISTO:

 

La nota presentada por la Cra. Hermosinda Egüez, Secretaria Académica

Administrativa de la carrera de Posgrado "Especialización en Tributación" que se dicta en

esta Unidad Académica, mediante la cual solicita aprobación de Programas, Bibliografía y

Modalidad de Evaluación de los Módulos m y VI de la citada ~ y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución N° 284/04 del Consejo Superior de la Universidad Nacional

de Salta, aprueba el dictado de la carrera de Posgrado "ESPECIALIZACION EN

TRIBUTACIÓN", en su Tercera Edición.

 

Que en los puntos 12 y 14 de la Resolución antes mencionada, se aprueban el

Plan de Estudios y los Contenidos de los Módulos, respectivamente.

 

Que es necesario aprobar los programas, bibliografías y modalidad de evaluación

de los Módulos m y VI.

 

El dictamen de la Comisión de Posgrado y Extensión Universitaria que corre a

fs. 21 del expediente de referencia.

 

Lo resuelto en reunión ordinaria de Consejo Directivo N° 13/05 de fecha

15.11.05.

 

POR ELLO:

 

En uso de las atribuciones que le son propias

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

ECONOMICAS, JURIDICAS y SOCIALES

RESUELVE

 

Articulo 1°.- Tener por aprobado los Programas y Bibliografía de los módulos que a

continuación se detallan, de la Carrera de Posgrado "ESPECIALIZACION EN

TRIBUTACIÓN" - 3a Edición y que se agregan como ANEXO I y II, respectivamente:

.MODULO III: Seminario sobre Imposición a la Renta ya los Patrimonios

.MODULO VI: Seminario de Derecho Penal Tributario.

 

Articulo 2°.- Tener por aprobada la Modalidad de Evaluación de los Módulos que se

detallan y que expresan:

 

MODULO III: Examen final y presentación de monografía. En ambos el alumno debe obtener

una calificación de 4 ( cuatro ) o más, con derecho a un recuperatorio según lo

indicado en la reglamentación (Res. CS-N° 284/04). La nota final surgirá del

promedio de ambas.

 

MODULO VI: Seguimiento individual permanente, presentación de monografía y examen final.

El alumno debe obtener, un conjunto, una calificación de 4 (cuatro) o más, con

derecho a un recuperatorio según lo indicado en la reglamentación (Res. CS-N°

284/04).

 

Artículo 3°.- De forma.

Amy

 

FIRMADO:

Cr. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO

Cra. ELIZABETH TRUNINGER DE LORE, SECRETARIA ACADEMICA