SALTA, 05/11/09.-

Expediente N° 4.413/09.-

RESOLUCIÓN CS Nº 550/09.-

VISTO las presentes actuaciones y, en particular la Resolución CS Nº 106/08, por la cual se prorroga la vigencia del Plan de Estudios 1985 de la carrera de Ciencias de la Educación de la Facultad de Humanidades, a partir del 1º de abril de 2007 y por el término de un año; estableciendo que dicha prórroga se otorga por única vez, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades, mediante Resolución Nº 1373-09, resolvió autorizar en carácter excepcional, la inscripción para cursar los Talleres IV de Profesorado y Licenciatura en Ciencias de la Educación – Plan 1985- en el presente período lectivo, a aquellos alumnos que adeudan este requisito para completar la mencionada carrera, en razón que los mismos no pueden ser rendidos en calidad de libres.

Que dicho acto administrativo se basa en la solicitud formulada por alumnos que sólo adeudan los talleres como requisito obligatorio del plan de estudios.

Que a fojas 61 vta. obra intervención de la Sra. Secretaria Académica de la Universidad, informando que no tiene objeción alguna que realizar.

Que este Cuerpo encuentra razonable lo dispuesto por resolución del mencionado Consejo Directivo.

Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 383/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimocuarta Sesión Especial del 29 de Octubre de 2009)

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º.- Ratificar la Resolución Nº 1373/09 del Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, Coordinación Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS ALBERTO CADENA