SALTA, 18/06/09.-

Expediente Nº 684/74  

RESOLUCION CS 269/09

            VISTO estas actuaciones, y en particular la propuesta de modificación de la Resolución Nº 529/75, por la cual se aprobaron las Normas para la expedición de Títulos en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta, y

            CONSIDERANDO:

            Que a fs. 75 – 80 obra presentación de la Dirección de Sistemas de Información, dependiente del Centro de Cómputos, en la que se informa la implementación del Módulo de Egresados del Sistema de Gestión Académica SIU-Guaraní.

            Que el citado Módulo comprende la gestión del trámite de expedición de certificado analítico y diploma, desde que el alumno lo inicia en la web, hasta que lo retira o recibe a través de colación de grado.

            Que dicho Módulo comprende también la gestión de libre deuda de biblioteca, encuesta a egresados y recepción de la documentación en mesas de entradas de las unidades académicas, puesto en vigencia mediante Resolución CS Nº 138/09.

            Que está vigente la Resolución Nº 529/75 la cual en su momento aprobó las “Normas para el funcionamiento del Departamento de Títulos y Legalizaciones y para la expedición del Diploma que la Universidad Otorgará a sus egresados”.

            Que a los fines de agilizar la reglamentación para la implementación del Módulo propuesto por la Dirección de Sistemas de Información, es menester modificar (en esta instancia) los artículos 17 y 18 de la Resolución Nº 529/75.

            Que la reglamentación vigente debe ser adecuada a los tiempos, sistemas y reglamentaciones que rigen al amparo del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, aprobado en el año 1996, para lo cual resulta conveniente y oportuno instruir a Secretaría Académica elabore un texto ordenado de esta reglamentación, en el que tendrá en cuenta las denominaciones correctas de las dependencias que involucra y las normas vigentes en materia administrativa-académica.

Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 097/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Octava Sesión Ordinaria del 11 de junio de 2009)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Modificar y unificar los artículos 17 y 18 de la Resolución Nº 529/75, conforme al siguiente texto:

 

“Artículo 17. La Universidad otorgará a los egresados de carreras de pregrado y de grado, un “certificado analítico de materias” firmado por el Rector y el Secretario Académico, el que contendrá los datos que se explicitan en el modelo que obra como Anexo I, según corresponda a cada carrera, y que será generado a través del Módulo Egresados del Sistema de Gestión Académica SIU GUARANÍ”.

 

ARTÍCULO 2º.- Disponer que, a través de Secretaría Académica, se elabore un Texto Ordenado o un nuevo proyecto de la reglamentación aprobada por Resolución Nº 529/75, adecuándola a los tiempos, sistemas y reglamentaciones que rigen en la Universidad, al amparo del Estatuto aprobado por la Asamblea Universitaria en el año 1996, en el que tendrá en cuenta las denominaciones correctas de las dependencias que involucra y las normas vigentes en materia administrativa-académica.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Dirección de Control Curricular, Dirección General de Centro de Cómputos, Centros de Estudiantes, Coordinación de Posgrado y RRII, UAI, Coordinación Legal y Técnica, Asesoría Jurídica y Dirección de Coordinación Administrativa. Cumplido, siga a Secretaría Académica a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA