SALTA, 30/03/09.-

Expediente Nº 21.005/08   

RESOLUCION CS 093/09

VISTO estas actuaciones por las cuales el Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia” sustancia concurso regular para cubrir un cargo de Auxiliar Docente para la asignatura “Matemática” – Turno Tarde, y

            CONSIDERANDO:

            La Resolución Rectoral Nº 1091/08 por la cual se “deja sin efecto el concurso para cubrir el cargo de Auxiliar Docente con 13,30 horas de la asignatura MATEMÁTICA turno tarde del INSTITUTO DE EDUCACION MEDIA “Dr. Arturo Oñativia…”.

            Que la resolución se funda en el Dictamen Nº 10.147 de Asesoría Jurídica transcripto textualmente, particularmente el haberse incurrido en vicios de procedimiento insanables que acarrean la nulidad de lo actuado.

            Que el procedimiento seguido por la Sra. Rectora, se encuadra en el inc. e) del Artículo 44 de la Resolución CS Nº 010/08 que dice: Dejar sin efecto el concurso, por vicios de forma o manifiesta arbitrariedad de los argumentos expuestos en el dictamen”.

            Que al radicarse el expediente en Secretaría del Consejo Superior, en fecha 18 de diciembre notifica a la Prof. Mac Farli, el Artículo 88 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

            Que la Prof. Mac Farli amplió su Recurso Jerárquico, el que cuenta con dictamen jurídico Nº 10.581.

            Que este Cuerpo comparte lo resuelto por la Sra. Rectora, quien se ajusta a las imposiciones del reglamento que regula la cobertura de estos cargos en los Institutos de Educación Media.

Que la Sra. Rectora se excusó de presidir el Consejo en este asunto, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 10 del Reglamento de Funcionamiento del Cuerpo (Resolución CS Nº 055/99), que establece “cuando se interpongan recursos ante el Consejo Superior contra resolución del Rector, serán sustanciados hasta ponerlos en estado de resolución por el sustituto...”

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 059/09.

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Tercera Sesión Ordinaria del 26 de marzo de 2009)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º. Rechazar el Recurso Jerárquico y ampliatorio interpuesto por la Prof.  María Elena MAC FARLI, en contra de las Resoluciones R. Nºs: 1091/08 y 1.258/08 y consecuentemente, dejar sin efecto el concurso para cubrir un cargo de Auxiliar Docente con 13,30 horas reloj, para la asignatura “Matemática” turno tarde del Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”.

ARTÍCULO 2º. Notificar a la Prof. María Elena Mac Farli, el artículo 32 de la Ley Nacional de Educación que dice: Contra las resoluciones definitivas de las instituciones universitarias nacionales, impugnadas con fundamento en la interpretación de las leyes de la Nación, los estatutos y demás normas internas, sólo podrá interponerse recurso de apelación ante la Cámara Federal de Apelaciones con competencia en el lugar donde tiene su sede principal la institución universitaria”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, IEM-SALTA, postulantes del concurso, Dirección General de Personal, U.A.I., Coordinación Legal y Técnica y Asesoría Jurídica. Cumplido siga a la Facultad de Humanidades para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA