SALTA, 05/03/09.-

Expedientes Nº 6.418/02

RESOLUCION CS 040/09

            VISTO las presentes actuaciones, por las cuales el Centro de Estudiantes de Ciencias Económicas solicita interpretación de plazo de la claúsula de extinción de la Carrera de Contador Público Nacional (Plan 1.985) establecido en Resolución CS Nº 321/03, y

CONSIDERANDO: 

Que la Res. C.S. Nº 321/03 – Anexo I establece: “El Plan de Estudios 1.985, aprobado por Resolución C.S. Nº 648/84, se extinguirá en forma gradual a partir del año 2.003 inclusive y concluyendo definitivamente el 31 de diciembre de 2.010. La Facultad queda autorizada para reglamentar, asimismo, los mecanismos de equivalencias, regularidades y toda cuestión que se suscite con motivo del plan de estudios que se aprueba por la presente.”

     Que hasta la fecha la Facultad no ha reglamentado este aspecto.

Que el Centro de Estudiantes fundamenta su pedido en que existen a la fecha más de 500 estudiantes que pertenecen al plan de estudios ´85, que son estudiantes avanzados y que en muchos de los casos le restan entre 1 y hasta 7 materias para finalizar la carrera y que, de cambiarse el plan de estudios, les ocasionaría diversos inconvenientes en términos que se les incrementarían las materias para cursar.

            Que este Cuerpo encuentra atendible a la solicitud planteada, siendo necesario interpretar los periodos de extinción del Plan de Estudios en cuestión.

            POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia de este Cuerpo, mediante Despacho N° 050/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Segunda Sesión Especial del 5 de marzo de 2009)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Interpretar, en el marco de la claúsula de extinción de la Carrera de Contador Público Nacional - Plan 1.985 (Res. C.S. Nº 321/03 – Anexo I – Punto X), que el dictado de las asignaturas del mencionado Plan de Estudios concluye el 31/12/2010.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que la interpretación fijada en al artículo precedente, será de aplicación solo a los alumnos que hubieran aprobado 25 (veinticinco) materias del Plan 1985 al 27/02/2009.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Económicas, Centro de Estudiantes de Ciencias Económicas, Secretaría Académica, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, Coordinación Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI