SALTA,  19/12/08.-

Expediente Nº 4.744/06.-

 

RESOLUCIÓN CS Nº 629/08.-

VISTO las presentes actuaciones y, en particular el “Recurso de Aclaratoria” formulada por la Mg. Zulma SACCA, en su carácter de postulante en el Concurso Público de Títulos, Antecedentes y Pruebas de Oposición convocado por la Facultad de Humanidades, para cubrir un cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Simple para la asignatura INTRODUCCIÓN A LA LITERATURA  – Carrera de Letras (Plan  2000), y

            CONSIDERANDO:

Que la Mg. Sacca plantea el recurso de aclaratoria respecto de la Resolución CS Nº 457/08, por la cual el Consejo Superior resolvió suspender el dictado del acto administrativo aprobatorio del Despacho Nº 279/08 de Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina de este Cuerpo, hasta nueva disposición.

            Que la citada profesional solicita se precise el alcance y encuadre normativo del referido acto administrativo.

            Que resulta necesario aclarar que la Resolución CS Nº 457/08 fue dictada a solicitud de la Sra. Rectora y en el marco de lo dispuesto por el Artículo 106, inc. 13) del Estatuto Universitario, que expresa como una de sus atribuciones: Suspender la aplicación de Resoluciones del Consejo Superior hasta su próxima sesión, en la cual debe tratarse indefectiblemente la Resolución observada, pudiendo el Consejo insistir en su cumplimiento con el voto de la mayoría simple de sus miembros.”

            Que se dio intervención a Asesoría Jurídica de la Universidad, quien a través de su Dictamen Nº 10415 expresa: “… b) respecto a la presentación de fs. 283/284, en relación al tratamiento del Despacho de fs. 279/282, esta Asesoría informa: 1.- que la suspensión dispuesta por la Res. CS Nº 457/08 no está vinculada a las previsiones del Art. 12, segundo párrafo, de la Ley 19549, sino en el Art. 106, inc. 13) del Estatuto de la Universidad; 2.- que el Despacho de la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina Nº 279/08, obrante a fs. 250/254, ha sido sustituido por el Despacho de la Comisión Conjunta de Docencia, Investigación y Disciplina e Interpretación y Reglamento Nº 2/08; 3.- que consecuentemente y atento al pedido de suspensión de plazos formulado por la presentante, corresponde dictar la resolución aclaratoria en tal sentido, haciéndole saber a la interesada que los plazos quedan reanudados a partir de la notificación de la resolución aclaratoria…”

            Por ello, en uso de sus atribuciones y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta  Sesión Extraordinaria del 18 de diciembre de 2008)

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º.- Comunicar a la Mg. Zulma SACCA que el dictado de la Resolución CS Nº 457/08 se enmarca en lo dispuesto por el Artículo 106, inc. 13) del Estatuto Universitario; y que los plazos se reanundan a partir de la notificación fehaciente de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Mg. Elisa Moyano, Mg. Zulma Sacca, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI