SALTA, 17/11/08.-

Expedientes Nº 17.008/08

RESOLUCION CS 532/08

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Secretario de Bienestar Universitario, Méd. José Oscar Adamo, solicita actualización del valor de tickets de Comedor Universitario, y

CONSIDERANDO:

Que fundamenta su pedido en el notable incremento del costo de los insumos alimentarios, confirmado por el estudio de costos de todos los insumos necesarios para el adecuado funcionamiento.

Que se ha fijado una escala diferenciada para estudiantes sin beneficio de beca, estudiantes con beneficio de beca y Comunidad Universitaria en general.

Que, en el caso de los estudiantes, es objetivo de la gestión  de esta Universidad, mantener los valores vigentes a efectos de favorecer la retención de los estudiantes con condiciones socioeconómicas deficientes.

Que, asimismo, se juzga oportuno actualizar los valores de los tickets a adquirir por los usuarios pertenecientes al resto de la comunidad universitaria.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 228/08,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoctava Sesión Ordinaria del 6 de noviembre de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Recomendar a la Sra. Rectora actualice el valor de los tickets de Comedor Universitario, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Usuario

Valor vigente

Nuevo valor

Estudiantes beneficiarios del servicio

$ 1,=

$ 1,=

Estudiantes con beneficio de beca

$ 1,70

$ 2,oo

Otros estudiantes en general

$ 2,70

$ 5,oo

Comunidad Universitaria en general

$ 2,70

$ 7,oo

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, ADIUNSa., APUNSa, Centros de Estudiantes, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA