SALTA, 31/07/08.-

Expedientes Nº 12.117/07

RESOLUCION CS 316/08

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD tramita Concurso Público de antecedentes y pruebas de oposición para cubrir un (1) cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva para la asignatura METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA – Carreras de Enfermería (Plan 1984) y Nutrición (Plan 2004), y

            CONSIDERANDO:

            Que se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios previstos en el Reglamento de Concurso de Profesores Regulares, Res. CS Nº 350/87 y modificatorias.

            Que el Jurado se expidió en tiempo y forma, aconsejando en forma unánime la designación de la Lic. Mirella Beatriz PERALTA en el cargo motivo de este Concurso.

            Que, atento a lo establecido en el inciso b) del artículo 53 del Reglamento vigente, el Consejo Directivo de la citada Facultad, mediante Resolución Nº 216/08, aprueba el dictamen del Jurado interviniente y propone la designación de la mencionada profesional en el referido cargo.

            Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº  198/08,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Undécima Sesión Ordinaria del 31 de julio de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Designar a la Lic. Mirella Beatriz PERALTA, DNI 16.899.179, en el cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva para la asignatura METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA – Carreras de Enfermería (Plan 1984) y Nutrición (Plan 2004) de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, a partir de la efectiva toma de posesión de funciones y por el término de cinco (5) años o hasta el cumplimiento de la edad prevista en el artículo 27 del Estatuto de la Universidad, si esto último se produce antes.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que la docente designada deberá cumplir sus funciones en la asignatura motivo de este concurso y/o en cualquiera otra de la misma área o disciplina afín, de acuerdo a su especialización, necesidades de la Facultad y de su dedicación, según lo determine el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, mediante Resolución fundada, todo ello de conformidad con el Estatuto de la Universidad, según lo dispone el Artículo 65 bis de la resolución CS Nº 350/87 y modificatorias..

ARTÍCULO 3º.- Imputar el presente gasto en la respectiva partida individual de la Planta de Personal Docente de la citada Facultad – Ejercicio 2008.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese con copia a : Sra. Rectora, Facultad de Ciencias de la Salud, Obra Social, Dirección General de Personal, docente designada, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido siga a la Facultad de Ciencias de la Salud para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA