SALTA, 07/07/08.-

Expediente Nº 6.422/06.-

RESOLUCIÓN CS Nº 304/08.-

VISTO las presentes actuaciones, y en particular la Resolución Nº 814/07 por la cual el Consejo Directivo de la citada Facultad aprueba el dictamen del Jurado interviniente en el concurso convocado para la cobertura de un cargo de Profesor Regular en la Categoría de Titular con Dedicación Exclusiva; proponiendo la designación del Dr. Elio Rafael DE ZUANI en dicho cargo, pero en carácter de PLENARIO, y

CONSIDERANDO:

Que este Cuerpo, mediante Resolución CS Nº 486/07, designó al Dr. DE ZUANI en el citado cargo, sin consignar la condición de PLENARIO.

Que el artículo 23 del Estatuto Universitario expresa: Los Profesores Titulares Plenarios constituyen la más alta jerarquía universitaria. Para ser Profesor Titular Plenario se requiere haber sido Profesor Titular, acreditar capacidad sobresaliente en la formación de discípulos y ser autor de publicaciones y trabajos que constituyan aportes positivos a la respectiva disciplina. El Consejo Superior reglamenta las obligaciones y los derechos de los profesores Titulares Plenarios, los que son nombrados por concurso y pueden acogerse al régimen de dedicación exclusiva.”

Que por otra parte, el artículo 17 del Estatuto expresa: De los Docentes Interinos:

En forma excepcional y por causas debidamente justificadas, los Consejos Directivos pueden designar docentes interinos. El acto de nombramiento debe especificar el plazo de designación, la que caduca si el cargo es cubierto por concurso.”

Que asimismo, el artículo 19 expresa: Son Profesores Regulares aquellos cuya designación, en cualquier categoría, es efectuada por concurso público de oposición y antecedentes, de acuerdo con la reglamentación que dicta el Consejo Superior. Los Profesores Regulares constituyen el principal núcleo de la enseñanza e investigación dentro de la Universidad, participan de su gobierno en la forma establecida en el presente Estatuto y sobre ellos recae la responsabilidad del cumplimiento de los fines de la Universidad.”

Que a raíz de las consideraciones precedentes, este Cuerpo entiende necesario realizar una exacta interpretación sobre los artículos del Estatuto, en lo relacionado a la categoría de “Titular Plenario”.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 122/08 (modificado),

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décima Sesión Ordinaria del 3 de julio de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO  1º.- Interpretar que para ser designado Profesor Titular Plenario, el postulante debe haber revistado (en forma previa al concurso) en el cargo de Profesor Regular Titular.

ARTÍCULO 2º.-  Establecer que en el caso motivo de estas actuaciones, el Dr. Elio Rafael DE ZUANI podrá ser designado Profesor Titular Plenario en caso de obtener su segundo concurso regular.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Económicas, Dr. De Zuani, UAI, Asesoría Jurídica y docente designada. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Ciencias Económicas para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

 

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI