SALTA, 18/04/08.-

 Expediente N° 6.076/08.-

 

RESOLUCIÓN CS Nº 155/08.-

VISTO estas actuaciones, por las cuales el Cr. José Horacio Sánchez recusa al Cr. Nicolás Innamorato como miembro del jurado que intervendrá en el Concurso Público de Antecedentes y Pruebas de Oposición para la cobertura de un (1) cargo de Profesor Regular  en la Categoría de Adjunto con Dedicación Semiexclusiva para la asignatura CÁLCULO FINANCIERO - Carreras de Contador Público Nacional, Licenciatura en Administración y Licenciatura en Economía (Plan 2003) de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES, y

CONSIDERANDO:

          Que se dio intervención a Asesoría Jurídica de esta Universidad, quien emite Dictamen Nº 9.629 que expresa:

Vienen estos actuados con motivo de la recusación formulada por el postulante Cr. José Horacio Sánchez, contra el miembro del Jurado Cr. Nicolás Innamorato por la causal "de su relación de amistad con el aspirante el Cr. Marcelo Hegab, puesto que ambos se han desempeñado en los mismos cargos y con la misma trayectoria docente desde 1987" Cfs. 1).-

Corrido traslado de la recusación, el Cr. Innamorato a fs. 9/10 expresa que "no existe amistad intima con ningún postulante" Cfs. 10 - 2do párrafo).-

Que el Art. 17 inc. 9 del CPCC de la Nación, aplicable al caso, establece como causal de recusación la existencia de "amistad que se manifiesta por gran familiaridad o frecuencia en el trato", circunstancia ésta que no fue invocada por el recusante y menos acreditada, negando el recusado tener amistad intima con algún postulante.-

Por lo expuesto, corresponde rechazar la recusación formulada.-“

Que este Cuerpo  comparte con la opinión formulada por el servicio jurídico permanente transcripto precedentemente.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 086/08,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Quinta Sesión Ordinaria del 17 de abril de 2008)

R E S U E L V E :

 

Artículo 1º.- Rechazar la recusación interpuesta por el Cr. José Horacio Sánchez en contra del Cr. Nicolás Innamorato como miembro del jurado que intervendrá en el Concurso Público de referencia.

 

ARTÍCULO  2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Ciencias Económicas, UAI, Asesoría Jurídica, Cr. Sánchez y Cr. Innamorato. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Económicas a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-                                                                                            

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - SECRETARIO CONSEJO SUPERIOR

ING. STELLA M. PÉREZ DE BIACHI - RECTORA