SALTA, 09/04/08.-

 Expediente N° 17.003/08.-

RESOLUCIÓN CS Nº 144/08.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Secretario de Bienestar Universitario, Méd. José Oscar Adamo, solicita se elimine la retención del 10% que en concepto de “Recursos Propios” se aplica a la venta de tickets del Comedor Universitario;

El Artículo 14 de la Resolución CS Nº 505/07 establece “que los recursos propios generados en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta, cualquiera sea su naturaleza y origen, quedan sujetos a una retención del 10 % directo a favor del Consejo Superior, salvo que la normativa vigente establezca una alícuota o distribución diferente o se encuentren expresamente exceptuados o se trate de una donación con afectación específica. El resto de lo recaudado es afectado para el financiamiento de gastos corrientes y de capital de las diferentes Dependencias originantes. (Facultades, Sedes, Institutos, Secretarías, etc.).”

CONSIDERANDO:

Que fundamenta tal solicitud en el hecho que el crédito presupuestario para la preparación de las raciones alimenticias es otorgado por el Consejo Superior para el beneficio de la comunidad universitaria; y que por resolución de este mismo Cuerpo dicha recaudación debe aplicarse al financiamiento de los Comedores de las Sedes Orán y Tartagal, las que se beneficiarían en mayor medida de accederse a lo solicitado.

Que este Cuerpo encuentra atendible al pedido formulado, por lo que corresponde se exceptúe de dicha retención.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 043/08,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Cuarta Sesión Ordinaria del 3 de Abril de 2008)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°.- Exceptuar de la retención del 10% que en concepto de “Recursos Propios” se aplica a la venta de tickets del Comedor Universitario dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario, con vigencia para el ejercicio 2008.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Secretaría de Bienestar Universitario, Secretaría Administrativa, Dirección Gral. Administración, Dirección de Contabilidad, Dirección de Presupuesto, Tesorería General, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos. Asimismo,  publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - SECRETARIO CONSEJO SUPERIOR

DR. CARLOS ALBERTO CADENA - VICERRECTOR