SALTA, 14/03/08.-

Expediente Nº 2.537/01.-

RESOLUCIÓN CS Nº 082/08.-

 

VISTO que el 24 de marzo de 2008 se cumplen 32 años del último Golpe Militar que derrocó un gobierno democrático en Argentina, y

CONSIDERANDO:

Que esa dictadura militar provocó la desaparición, tortura y muerte de miles de personas, haciendo uso ilegítimo del poder y abuso de las armas que le diera el mismo pueblo al que atacó.

Que un Estado que debe regirse por la ley y el concepto de derecho ciudadano, no puede ejercer el poder en forma arbitraria en contra de personas civiles, acudiendo a metodologías reñidas con toda ética, como lo son la detención clandestina de personas, hombres, mujeres y niños; la traición; la vejación y tortura de seres humanos; la utilización encubierta de instalaciones, armas y personal de las fuerzas creadas para la defensa del pueblo, en contra de personas que, por añadidura, no tenían orden de detención ni causa abierta en la justicia.

Que resulta inaceptable que, bajo la hipótesis de la lucha contra una supuesta guerra contra el terrorismo, el Estado aplique metodologías terroristas en contra de sus ciudadanos y ciudadanos de otros países.

Que nuestra conciencia debe expresar la condena permanente a los personeros del terror, a pesar de las leyes de Obediencia Debida, de Punto Final del gobierno de Raúl Alfonsín y del Indulto de Carlos Menem.

Que por resolución C.S. Nº 535/07, el Consejo Superior de esta Universidad resolvió solicitar a la Sra. Rectora que constituya a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA como parte querellante en el Expte. Judicial Nº 286/04: “Ovalle, Juan Manuel; Guil, Joaquín y Murua, Abel/infrac. Art. 141, 144 bis, 142 y 144. Víctima: Silvia Aramayo y otros”, adhiriendo a las pruebas producidas en la causa citada precedentemente, referentes al  relevamiento  de los lugares en que se mantuvo privadas de su libertad a las víctimas, y en los que probablemente hayan permanecido en igual situación otras personas secuestradas, sometidas a torturas y objeto de desapariciones forzadas.

Que miembros de la comunidad universitaria salteña fueron desaparecidos y asesinados por la Dictadura Militar, como denuncia el informe presentado  por la UNSa en la causa de referencia, en el que se denuncian las desapariciones de Silvia Benjamina Aramayo, Luis Alberto Calou, Raúl Humberto Machaca y Pedro José Tufiño, entre otros, muchos de ellos docentes, estudiantes y Personal de apoyo universitario de la Universidad Nacional de Salta, epicentro del terrorismo de estado elegido perfectamente por el Estado terrorista en Salta.

Que en virtud de la resolución citada precedentemente, la Sra. Rectora presentó querella en los juzgados federales de la ciudad de Salta, en virtud que los crímenes que aquí se cometieron, se encuentran dentro de los denominados delitos de lesa humanidad, y por lo tanto son delitos de derecho internacional imprescriptibles e irrenunciables, ya que no constituyen sólo la violación de los derechos humanos de algunos individuos, sino que por su escala, número y gravedad, son crímenes contra la humanidad.

Que se encuentra probado que, en el marco de la dictadura que inconstitucionalmente gobernó nuestro país durante los años 1976 a 1983, funcionaron en la ciudad de Salta y sus alrededores algunos Centros Clandestinos de Detención, torturas y exterminio –CCD-, bajo el Comando del III Cuerpo de Ejército a cargo del entonces Gral. Luciano Menéndez, investigaciones que se encuentran acreditadas en distintos autos que se investigan en la presente jurisdicción. Entre otros la “Delegación Policía Federal de Salta”, “Jefatura de Policía de la provincia de Salta”, “Comisarías provinciales (1ra, 3ra y 4ta de Salta y la comisaría de Tartagal)”, “Paraje Palomitas”, “Regimiento de Infantería Monte 28” (Tartagal), entre otras, conforme surge del NUNCA MAS, Anexos Tomo II, pág. 1258.

Que todas las personas afectadas por la represión fueron ciudadanos de nuestro pueblo, del que esta Universidad se siente parte indisoluble.

Que, en memoria de los desaparecidos, nuestro compromiso debe solidificar las libertades y los derechos del hombre en el marco del sistema democrático.

Que el nefasto “Proceso de Reorganización Nacional” multiplicó por siete la deuda externa, provocando la entrega del país y generando las condiciones para la privatización de las empresas públicas.

Que ante el proceso de entrega debemos destacar la resistencia que el pueblo argentino tuvo en esos años y mantiene actualmente, especialmente de las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, de los partidos políticos populares y parte del sindicalismo, que en todos estos años mantuvieron viva la llama de los derechos humanos.

POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias  y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 037/08,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Primera Sesión Extraordinaria del 13 de marzo de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Repudiar la sangrienta represión contra la población civil perpetrada por la Dictadura Militar que accediera ilegítimamente al poder el 24 de Marzo de 1976.

ARTÍCULO 2º.- Rendir homenaje a la memoria de los miembros de esta Comunidad Universitaria desaparecidos y víctimas de la represión.

ARTÍCULO 3º.- Adherir a los actos que se realicen en rechazo del Golpe de Estado.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar la presente resolución a: Señora Presidenta de la Nación Argentina, Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Centros de Estudiantes, Comisión de Derechos Humanos de la Universidad, Asociación Madres de Plaza de Mayo, Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, FUA, ADIUNSa., APUNSa., Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Salta, Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Salta, Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Salta, Consejo lnteruniversitario Nacional, Ministerio de Justicia de la Nación Argentina, Secretaria de Derechos Humanos de la Nación Argentina, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación Argentina y Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación Argentina. Cumplido, manténgase en reserva. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - SECRETARIO CONSEJO SUPERIOR

ING. STELLA M. PÉREZ DE BIACHI - RECTORA