SALTA, 10/03/08.-

 Expediente N° 2.565/07.-

RESOLUCIÓN CS Nº 063/08.-

            VISTO estas actuaciones y en particular la Resolución CS Nº 002/08, por la cual el Consejo Superior autorizó la preinscripción fuera del término establecido oportunamente, de los aspirantes 2008 que concretaron su pedido mediante nota presentada hasta el día 21 de febrero del corriente año, y

            CONSIDERANDO:

            Que con posterioridad a esa fecha, se recibieron varias presentaciones de  solicitudes de inscripción fuera de término, por parte de interesados en ingresar a la Universidad Nacional de Salta.

            Que el período de inscripciones en esta Universidad ha sido ampliamente publicado, tanto por Internet como a través de los medios masivos de comunicación.

Que ha transcurrido bastante tiempo desde el inicio de los cursos de apoyo para los alumnos ingresantes.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 029/08,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Segunda Sesión Ordinaria del 6  de marzo de 2008)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Rechazar los pedidos de inscripción fuera de término, que excedan la fecha prevista por la prórroga dada mediante Resolución CS Nº 002/08 (21/02/08), por las razones expuestas en los considerandos precedentes.

ARTÍCULO  2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Dirección de Relaciones Públicas, Dirección de Estadísticas Universitarias, Dirección de Relaciones Públicas, Centros de Estudiantes, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Académica a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - SECRETARIO CONSEJO SUPERIOR

DR. CARLOS ALBERTO CADENA - VICERRECTOR