SALTA, 10/03/08.-

Expediente Nº 20.387/07.-

RESOLUCIÓN CS Nº 062/08.-

            VISTO las presentes actuaciones por las cuales Sede Regional de Tartagal solicita la reapertura de una nueva matrícula  de la carrera de Educador Sanitario, que se dicta en dicha Sede, y

            CONSIDERANDO:

            Que a fojas 30 obra nota de la Sra. Decana de la Facultad de Ciencias de la Salud en la que fundamenta las razones de la solicitud en torno a la demanda de la comunidad; el buen rendimiento de los alumnos; el bajo índice de deserción y razones presupuestarias sin modificaciones.

Que asimismo, informa que en reunión conjunta con autoridades de la Facultad de Humanidades y de Sede Tartagal, Coordinadora de Carrera, docentes y alumnos de la misma, se analizó la conveniencia de solicitar la reapertura de una nueva cohorte de esta Carrera para el año 2008.

Que el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud se expidió favorablemente mediante Resolución CD Nº 569/07.

            Que por Resolución CS Nº 523/07, el Consejo Superior asignó a la Sede Regional Tartagal, un crédito específico para atender designaciones de docentes temporarios, para el dictado del 3er. Año de la carrera.

            POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina de este Cuerpo, mediante Despacho N° 027/08,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Primera Sesión Especial del 6 de marzo de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar por última vez, a las Facultades de Ciencias de la Salud y de Humanidades, a realizar la reapertura de una nueva cohorte –año 2008- en la Carrera de Educador Sanitario, que se dicta en Sede Regional de Tartagal.

ARTÍCULO 2°.- Tener por aceptadas las preinscripciones de aspirantes a ingresar a dicha carrera, registradas hasta el 21 de febrero de 2008.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades de Humanidades y de Ciencias de la Salud, Sede Regional Tartagal, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, U.A.I., Asesoría Jurídica y Obra Social. Cumplido, siga a la Dirección de Control Curricular para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - SECRETARIO CONSEJO SUPERIOR

DR. CARLOS ALBERTO CADENA - VICERRECTOR