SALTA, 10/12/07.-

Expediente Nº 23.639/06

RESOLUCION CS 507/07

VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, su Decreto PEN reglamentario Nº 1.344/07 y el Estatuto de esta Universidad, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 505/07 el CONSEJO SUPERIOR incorpora y distribuye el Presupuesto 2007 de la Universidad Nacional de Salta.

Que el artículo 27 de la Ley 24.156, establece que si al inicio del ejercicio económico-financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general regirá el que estuvo en vigencia el año anterior con los ajustes de ley.

Que hasta la fecha la Universidad Nacional de Salta no ha tomado conocimiento formal de la distribución primaria aprobada para el Sistema Universitario para el Ejercicio 2008.

Que el artículo 129 del Estatuto vigente establece que no pueden efectuarse gastos que no estén previstos en las partidas del presupuesto de la Universidad.

Que al no contar con el monto del Aporte del Estado al Sistema Universitario, resulta necesario incluir los créditos que autoricen gastos indispensables para asegurar la continuidad y la eficiencia de los servicios de las distintas Unidades Académicas y de Apoyo, como así también para el inicio de las registraciones en el sistema SIU COMECHINGONES vigente.

Que es necesario proceder a la prórroga del actual Presupuesto para el Ejercicio 2008, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley de Administración Financiera, hasta tanto el Consejo Superior proceda a realizar la distribución administrativa del Presupuesto 2008.

Por ello, atento al tratamiento sobre tablas y lo aconsejado por Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 188/07,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 19º Sesión Ordinaria del 6 de diciembre de 2007)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2008 el Presupuesto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, aprobado por Resolución CS Nº 503/07, habilitando el mismo para su ejecución, observando, desde el punto de vista del control interno, lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control Nº 24.156.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, I.E.M., Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad,  Tesorería General, Consejo de Investigación, U.A.I., y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-                   

                                                                      

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA  PEREZ DE BIANCHI