Salta, 12/10/07.-

Expediente Nº 2.586/07.-

 

RESOLUCIÓN CS Nº 390/07.-

VISTO estas actuaciones por las cuales la Secretaria Académica de esta Universidad, Dra. María Celia Ilvento, eleva propuesta de REGLAMENTO PARA LOS LLAMADOS A INSCRIPCIÓN DE INTERESADOS PARA LA COBERTURA DE CARGOS TEMPORARIOS DESTINADOS AL INGRESO 2.008, y

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de reglamento fue elaborado por los integrantes de la Comisión de Ingreso 2.008 y revisado por Secretaría Académica

Que a fs. 8, Asesoría Jurídica, mediante Dictamen Nº 271, de fecha10/10/2.007, expresa:

“Viene a consulta el presente expediente respecto de un proyecto de reglamento para los llamados a inscripción de interesados para la cobertura de cargos docentes temporarios destinados al curso de ingreso de 2008. Rola a fojas 1 a 4 de estos actuados. Analizado, este Servicio Jurídico no encuentra objeción legal que formularle, en especial teniendo en cuenta lo establecido por la Resolución 1.002/85 del Consejo Superior en cuanto establece la posibilidad de establecer excepciones al régimen general de concursos cuando motivos de urgencia debidamente acreditados lo justifiquen, como el caso que se trae a estudio. Sin embargo cabe aclarar, que tratándose de un Acto Administrativo, el de la Resolución que seleccione los docentes, le corresponde la aplicación de las garantías de todo Acto Administrativo Regular, por lo que no debe quedar excluida la vía de la revisión administrativa por el órgano superior, en este caso entendemos, la posibilidad de un Recurso Jerárquico ante el Rectorado de la Universidad.

En lo demás no tengo objeción que formular”

Por ello, y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 156/07 (modificado). 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoquinta Sesión Ordinaria del 11 de octubre de 2007)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el REGLAMENTO PARA LOS LLAMADOS A INSCRIPCIÓN DE INTERESADOS PARA LA COBERTURA  DE CARGOS TEMPORARIOS DESTINADOS AL INGRESO 2008, que obra Como Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sede Regionales, Direcciones Generales, Dirección de Relaciones Públicas, U.A.I., y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Académica. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI


ANEXO I

REGLAMENTO PARA LOS LLAMADOS A INSCRIPCIÓN DE INTERESADOS PARA         LA COBERTURA  DE CARGOS TEMPORARIOS DESTINADOS AL INGRESO 2008

ARTICULO 1º.- La Secretaría Académica   de la Universidad efectuará el  llamado a Inscripción de Interesados para cubrir cargos docentes temporarios destinados a las actividades de ingreso, en función de  las necesidades del Proyecto CILEU 2008.

                                                                                                 I. DE LA CONVOCATORIA

ARTICULO 2º.- En el llamado a inscripción de interesados, deberá constar:

a.     La Comisión Asesora propuesta por la Secretaría Académica en conjunto con las Facultades.

b.    Publicidad: la que se llevará a cabo durante (3) tres días hábiles y se le dará la más amplia difusión.

c.     Período de Inscripción: se llevará a cabo durante  2 (dos) días hábiles.

d.    Fecha y Hora de la Constitución del Tribunal.

e.     Perfil. El perfil correspondiente a cada cargo a designar, previa consulta a las autoridades de la correspondiente Unidad Académica, si la misma lo considera oportuno.

ARTICULO 3º.- Comisión Asesora: La Comisión Asesora encargada de evaluar funcionará en el ámbito de la Universidad. La Comisión estará compuesta por 3 (tres) docentes titulares y 3 (tres) docentes suplentes, los que serán seleccionados, según categoría, de la siguiente manera:

·         Un docente propuesto por la Secretaría Académica.

·         Un docente de la Comisión de Ingreso, representante de la Facultad que corresponda en cada caso.

·         Un docente de la  Facultad en la cual desempeñará sus funciones el o los docentes seleccionados.

Cada Facultad podrá designar veedores.

ARTICULO 4º.- Condiciones de los Aspirantes. Para presentarse al llamado, los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:

  1. Tener menos de sesenta y cinco (65) años de edad al 1 de marzo del año en que se sustancie el llamado.
  2. Tener título universitario o en su defecto acreditar antecedentes que, en opinión de la comisión asesora, y con carácter excepcional, supla su eventual carencia.
  3. No estar comprendido en las causales de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos.
  4. No tener incompatibilidad horaria

ARTICULO 5º.- Inscripción. A los fines de la Inscripción, el aspirante deberá presentar en el plazo y lugar establecido por la resolución del llamado la siguiente documentación:

a.     Solicitud de inscripción en el llamado,  dirigida a la Secretaria Académica.

b.    Plan de trabajo: el cual deberá ser presentado al momento de la constitución de la comisión evaluadora.

c.     Nómina de datos y antecedentes en original y  2 (dos) copias, todos firmados con carácter de declaración jurada, organizada según se detalla:

1.     Títulos universitarios, con indicación de la Facultad y Universidad que los otorgó y fecha de otorgamiento, postítulos extranjeros deberán presentarse traducidos y certificados por docente u otra persona o institución aceptada por la Facultad.

2.     Antecedentes docentes en Universidades Nacionales, Provinciales y Privadas reconocidas y extranjeras, así como los organismos de investigación.

3.     Obras y Publicaciones docentes.

4.     Obras y Publicaciones científicas y técnicas.

5.     Cursos de especialización en la temática del ingreso y de formación docente los que serán tomados en cuenta cuando hubieren sido realizados en el ámbito universitario, o en instituciones y organismos de reconocida jerarquía.

6.     Actuación profesional y cargos y funciones públicas o privadas desempeñadas, siempre que por su naturaleza, relevancia o vinculación con la temática del ingreso supongan una aptitud del aspirante.

7.     Asistencia a conferencias, seminarios, cursos, congresos, jornadas o reuniones cuando hubieren sido dictadas en el ámbito universitario o en instituciones científicas o profesionales de reconocido prestigio.

8.     Concurrencia a congresos, jornadas o reuniones científicas o técnicas.

9.     Cargos o tareas de investigación científica en Universidades Nacionales, privadas reconocidas o extranjeras, como así también organismos e instituciones de investigación.

10.  Premios y distinciones que el aspirante acredite cuando sean otorgados por Universidades, Instituciones y organismos oficiales o privados de reconocido prestigio y siempre que están vinculadas con la actuación docente, técnica o científica.

11.  Cargos electivos en el gobierno de la Universidad.

12.  Otros antecedentes.

d. Documentación Probatoria: Los aspirantes deberán adjuntar la documentación que acredite fehacientemente los antecedentes organizados según el orden descripto en el inciso c.  

ARTICULO 6º.- Notificación del Régimen de Incompatibilidad. Los responsables de la inscripción de los postulantes notificarán fehacientemente a los mismos del Régimen de Incompatibilidad de la Universidad Nacional de Salta (Res. C.S. Nº 420/99 y modificatorias) 

                                                                   II.        DE LA ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA

ARTICULO 7º.- Entrevista.  En la entrevista la comisión asesora valorará los siguientes ítems:

1.   motivación docente

2.   Conocimiento del Proyecto CILEU

3.   Forma en que desarrollará su rol o función en el marco del CILEU.

4.   Puntos de vista sobre los temas básicos que deben enseñarse.

5.   Importancia del CILEU, como paso previo al inicio de una carrera universitaria. 

6.   Actualización bibliográfica

7.   Cualquier otra información que a juicio de la comisión sea conveniente requerir. 

ARTICULO 8º.-Dictamen.  El dictamen de la comisión asesora deberá ser explícito y fundado y constará en un acta que firmarán todos sus integrantes

El Acta debe contener:

1.     Lugar y fecha de integración de la comisión asesora y cargo motivo del llamado.

2.     Análisis de los antecedentes de los postulantes, valorándolos explícitamente.

3.     Valoración del plan de trabajo

4.     Valoración de la entrevista de acuerdo a los lineamientos establecidos en el artículo 7º.

5.     La nómina de postulantes en condiciones de ser designados en el cargo sobre la base de las evaluaciones efectuadas

6.     La justificación, debidamente fundada, en el caso de aconsejar que se declare desierto el llamado.

7.     Si no hubiera unanimidad se elevarán tantos dictámenes como posiciones hubiera.

ARTICULO 9º.- La Comisión Asesora deberá expedirse dentro de los dos (2) días hábiles a partir de la fecha en que se hayan completado las instancias.

                                                                                                     III. DE LOS PLAZOS

ARTICULO 10.-  Una vez que la Comisión Asesora  emita el dictamen, Secretaría Académica le dará vista a los aspirantes y una copia del mismo. Los aspirantes dispondrán de dos (2) días hábiles a partir de la fecha de emisión del dictamen para presentarse a la toma de vistas, a partir de los cuales tendrán un plazo adicional de cinco (5) días hábiles para la presentación de impugnaciones.

IV. DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 11.- El personal que resulte seleccionado será designado:

a.- A través de Rectorado:

                            1. Un (1) Coordinador General

                            2. 8 (ocho) Jefes de Trabajos Prácticos Pre-CILEU

                            3. 8 (ocho) Coordinadores, uno por cada Unidad Académica.

b.- A través de las Unidades Académicas:

                            Auxiliares.

ARTICULO 12.- En caso de declararse desierto el llamado a inscripción de interesados, se deberá llamar nuevamente.

ARTICULO 13.- La participación en los llamados a inscripción de interesados para la cobertura de cargos temporarios destinados al CILEU 2008, implica el conocimiento de las condiciones fijadas en este reglamento.