SALTA,
28/09/07.-
Expediente
N° 17.638/05.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 374/07.-
VISTO
las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Víctor Segundo Paredes Chirino
observa incompatibilidad por el desempeño de tareas en relación de
subordinación inmediata entre el Sr. Paulino Sanguino (Jefe de Taller) y sus
hermanos, los Sres. Darío Arnaldo Sanguino y el Sr. Víctor Angel Sanguino, y
CONSIDERANDO:
Que en marco de las normas que rigen
las incompatibilidades, las observaciones realizadas por el Sr. Víctor Segundo
Paredes Chirino, son procedentes.
Que
Que a fojas 25, el Sr. Paredes
Chirino solicita la nulidad de
Que Asesoría Jurídica, mediante Dictamen Nº 9192 (fs. 30) expresa:
“...Analizadas las actuaciones y teniendo en cuenta
las razones de servicio invocadas por el Secretario de Extensión Universitaria
en su informe de fs. 21 y vta., como así también la falta de acreditación de
perjuicio en el desempeño del mismo por parte de los agentes involucrados y que
el agente presentante conocía la situación que ahora denuncia desde su ingreso
al servicio de
Que,
al margen del tiempo en que se configura la incompatibilidad denunciada, es
responsabilidad de
“a) La incompatibilidad expuesta a través de la
presente actuación es real;
Que
a fin de salvaguardar el derecho adquirido por los empleados de
a)
Evitar
que exista relación de dependencia entre el actual Jefe de Taller, Sr. Paulino
Sanguino y sus hermanos, por lo que realizará un reordenamiento de funciones y
tareas del Servicio de Imprenta, proyectando para tal fin las áreas que las
constituyen dentro de un organigrama funcional.
(en
su Decimocuarta Sesión Ordinaria del 27 de setiembre de 2007)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Reordenar, a través de
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que
en el orden general y en el ámbito de toda
ARTÍCULO
3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Secretaría de Extensión
Universitaria, personal de Imprenta, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a
RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI