SALTA, 13/08/07

Expediente Nº 12.001/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 281/07.-

VISTO estas actuaciones por las cuales la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD tramita el Concurso Público de Títulos, Antecedentes y Pruebas de Oposición, para cubrir un cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva para la asignatura  PRÁCTICA INTEGRAL – Carrera de Nutrición (Plan 2004), y

            CONSIDERANDO:

            Que se ha dado cumplimiento con los trámites reglamentarios previstos en Resolución CS N° 350/87 y modificatorias.

            Que el Jurado se expidió en tiempo y forma, aconsejando en forma unánime la designación de la Lic. Eugenia María VILLAGRÁN en el cargo motivo de este Concurso.

            Que, atento a lo establecido en el inciso b) del artículo 53 del Reglamento vigente, el Consejo Directivo de la citada Facultad, mediante Resolución N° 195/07, aprueba el dictamen del Jurado interviniente y propone la designación de la mencionada profesional en el referido cargo.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 195/07,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Undécima Sesión Ordinaria del 9 de agosto de 2007)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Designar a la Lic. Eugenia María VILLAGRÁN, DNI Nº 17.131.730, en el cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva para la asignatura  PRÁCTICA INTEGRAL – Carrera de Nutrición (Plan 2004) de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, a partir de la efectiva toma de posesión de funciones y por el término de cinco años, o hasta el cumplimiento de la edad prevista en el artículo 27 del Estatuto de la Universidad, si esto último se produce antes.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que la docente designada deberá cumplir sus funciones en la asignatura motivo de este concurso y/o en cualquiera otra de la misma área o disciplina afín, de acuerdo a su especialización, necesidades de la Facultad y su dedicación, según lo determine el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD mediante Resolución fundada, todo ello de conformidad con el  Estatuto de la Universidad, según lo dispone el Artículo 65 bis de la resolución CS Nº 350/87 y modificatorias.

ARTÍCULO 3º.- Imputar el presente gasto en la respectiva partida individual de la Planta de Personal Docente de la citada Facultad.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias de la Salud, Obra Social, Dirección General de Personal, docente designada, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido siga a la mencionada Unidad Académica para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI