SALTA, 19/12/06.-

Expediente N° 4.541/99.-

RESOLUCIÓN CS Nº 604/06.-

VISTO las presentes actuaciones y, en particular la Resolución Nº 1.473/06 por la cual Decanato de la FACULTAD DE HUMANIDADES deja aclarado que las asignaturas que detalla en la misma y que fueron cursadas y aprobadas por alumnos de las Carreras de Profesorado y de Licenciatura en Letras (Plan 2000), deberán considerarse como cursadas y/o aprobadas según la denominación de la versión definitiva del Plan, y

            CONSIDERANDO:

Que el mencionado acto administrativo se emitió: en virtud de la observación formulada por la Dirección de Control Curricular; para subsanar la omisión cometida;  realizar las aclaraciones correspondientes y evitar confusiones en el control del trayecto curricular realizado por los estudiantes.

            Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº  358/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 23º Sesión Especial del 14 de diciembre de 2006)

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º.- Ratificar la Resolución Nº 1.473/06 del Decanato de la Facultad de Humanidades.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI