SALTA, 27/11/06.-

Expediente N° 23.790/06 y 23.508/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 517/06.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Director General de Obras y Servicios solicita la anulación del Artículo 8º de la Resolución CS Nº 330/06, en el sentido que se autorice a la citada dependencia a disponer  de la totalidad de sus recursos propios, y

            CONSIDERANDO:

            Que el aludido artículo 8º expresa: Dejar establecido que los recursos propios que recaude la Dirección General de Obras  y Servicios en concepto de recuperos de gastos se deberá transferir el 50% a la Secretaria Administrativa para hacer frente a gastos imprevistos. Asimismo, la apertura programática Dirección General de Obras y Servicios – Servicios soportara la totalidad de los gastos en servicios de la Universidad”.

Que los recursos propios generados por la Dirección General de Obras y Servicios no alcanzan siquiera a cubrir las necesidades de funcionamiento, situación que genera que el Consejo Superior se vea obligado a reforzar las partidas presupuestarias de esa dependencia.

Que en consecuencia, este Cuerpo juzga conveniente y oportuno acceder a la solicitud formulada por el Sr. Director General de Obras y Servicios.

            Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 191/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoctava Sesión Ordinaria del 23 de noviembre de 2006)

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1°.- Sustituir el Artículo 8º de la Resolución CS Nº 330/06, por el siguiente:

“ARTÍCULO 8º.- La apertura programática Dirección General de Obras y Servicios – Servicios soportará la totalidad de los Gastos en Servicios de la Universidad”.

ARTICULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección General de Obras y Servicios, Dirección de Contabilidad, Dirección de Presupuesto, Tesorería General, Dirección de Asesoría Jurídica y Unidad de Auditoría Interna, Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI