SALTA, 13 OCTUBRE 2006

Expediente Nº 2.585/06

RESOLUCIÓN CS Nº 435/06

VISTO estas actuaciones por las cuales la Comisión de Derechos Humanos de esta Universidad eleva proyecto de resolución referido a la desaparición del Sr. Jorge Julio López, producida el pasado día 17/09/06 en la ciudad de La Plata, y;

CONSIDERANDO:

Que Jorge Julio López, de 76 años, ex albañil, testigo crucial y querellante en el primer juicio oral y público por genocidio tras la anulación de las leyes de impunidad, no contaba con cuidado ni protección alguna. Fue un desaparecido durante la dictadura. Es un desaparecido ahora en democracia.

Que Jorge Julio López fue durante dos años y medio un desaparecido, pero tuvo el extraño privilegio de sobrevivir para contarlo. Estuvo prisionero en un circuito clandestino de detención que representa el nido de los amos de la vida y de la muerte en esa ciudad de La Plata de tiempos de la dictadura y de la policía comandada por Ramón Camps y su secuaz, Miguel Etchecolatz. A López le quedó el pecho marcado con los rastros de la picana y por eso ofreció mostrarle sus heridas a los jueces como prueba. Él, junto a tantos otros, lograron así reconstruir con lo que tenían –pedazos de nombres, fragmentos de lugares, terrores y heridas- ese nido de impunidad de la policía bonaerense: lo que allí pasaba y quiénes pasaban. Nombraron a los represores y nombraron a sus víctimas.

Que el 18 de septiembre López iba a terminar un capítulo de esa historia que comenzó cuando lo secuestraron, el 27 de octubre de 1976 y que a lo largo de 30 años tropezó con las más increíbles formas de impunidad. La causa que lo tuvo como testigo puede ser también considerada un nido: solo contabilizando los últimos tropiezos judiciales, tuvo desde marzo de 2000 –fecha en que se llevaron adelante las audiencias de los llamados Juicios por la Verdad- tantas idas y vueltas que cuesta creer que en el momento crucial, López no estuviera allí para escuchar el fallo. Pero no estuvo. No hay metáforas para explicar el por qué: una vez más, nadie vio qué pasó.

Que frente a esta situación, que busca generar incertidumbre y miedo en la población, especialmente entre los testigos que deben actuar en otros juicios por genocidio, la sociedad argentina debe responder en forma inequívoca y unificada, respondiendo ante el terror: “NUNCA MAS”.

Que es necesario que se garantice la seguridad de los testigos, dirigentes de Derechos Humanos y todos los que están comprometidos con las causas judiciales de juicio y castigo a los genocidas; que se desmantele definitivamente el aparato represivo que sigue violando derechos humanos elementales y cobrándose víctimas en nuestro país.

Que en nuestra Provincia se están realizando varios juicios por violación de Derechos humanos, entre ello los de la MASACRE DE PALOMITAS y la DESAPARICIÓN DEL EX GOBERNADOR MIGUEL RAGONE.

Que la Constitución Nacional garantiza el derecho a la vida y a la justicia.

Que nuestra Universidad comparte la preocupación de la sociedad argentina ante este hecho y adhiere a toda acción que se lleve a cabo en reclamo de verdad y justicia, compartiendo en este caso la consigna nacional: “Ahora resulta indispensable, aparición con vida y castigo a los culpables.”

            Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 277/06.

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimoquinta Sesión Ordinaria del 12 de octubre de 2.006)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Solicitar a las autoridades de los Poderes Ejecutivo y Judicial de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires, arbitren todos los medios para lograr el esclarecimiento y la justicia en el presente caso.

ARTÍICULO 2º.- Expresar a los familiares del Sr. Jorge Julio López y a los Organismos de Derechos Humanos la solidaridad de esta Universidad con los reclamos por verdad, justicia y aparición con vida.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Poder Ejecutivo Nacional, Corte Suprema de Justicia de la Nación, Poderes Ejecutivo y Judicial de la Provincia de Buenos Aires, Poderes Ejecutivo y Judicial de la Provincia de Salta, Familiares del Sr. López, Red de Derechos humanos de la Provincia de Salta, Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior.

A.G
FDO.: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Ing. Stella PEREZ DE BIANCHI