SALTA, 03/08/06

Expediente N° 186/06.-

RESOLUCIÓN CS Nº 332/06.-

VISTO estas actuaciones por las cuales Secretaría Académica de la Universidad eleva propuesta de Reglamento de Creación de Carreras de Grado y Pregrado,  y

CONSIDERANDO:

Que existe la necesidad de modificar la Resolución CS Nº 949/85, que establece las normas para la presentación y elaboración de planes de estudios de carreras, adecuándola al proyecto institucional de la Universidad.

Que para contribuir a la eficacia de la gestión administrativa es preciso mantener una actualización constante de las normas.

Que las mismas deben adecuarse a las actuales reglamentaciones nacionales para la educación superior.

Que a través de las consultas internas y externas, así como las observaciones formuladas por el área de regulación institucional de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, Secretaría Académica advierte la necesidad de redefinir las pautas para la elaboración de proyectos de creación de carreras y para la modificación de los planes de estudios vigentes.

Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 177/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décima Sesión Ordinaria del 13 de julio de 2006)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Aprobar las normas para la elaboración de proyectos de creación de carreras con modalidad presencial y para la modificación de los planes de estudios vigentes, cuyo texto obra como Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que las carreras semipresenciales y/o a distancia deberán, además, adecuarse a las normas establecidas en la Resolución Nº 1717/2004 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación.

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, UAI, y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a conocimiento de las Facultades. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI

 


ANEXO I

1.- TÍTULO PRIMERO: DE LAS CARRERAS Y TITULOS

Carreras y Títulos de Pregrado: se denomina así a las Carreras que transmiten técnicas y procedimientos específicos, así como elementos teóricos necesarios relacionados con las disciplinas que los fundamentan. Su carga horaria debe ser de 1500 a 1800 horas. Conducen a la obtención de un título terminal, como es  el de Técnico.

Carreras y Títulos de Grado: Tienen como objetivo la formación en distintas ramas de la ciencia, fundándose en  sus principios, teorías, leyes y métodos. Su duración mínima es de cuatro años y la carga horaria mínima en la modalidad presencial es de 2600 horas. Conducen a la obtención de un grado universitario, cuyo título habilita para la actividad profesional, la investigación o la docencia (Licenciado, Contador, Profesor, Ingeniero, Médico, Abogado o equivalente).

2. TÍTULO SEGUNDO: DEL PLAN DE ESTUDIOS Y SU ORGANIZACIÓN

Un Plan de Estudios es el conjunto de asignaturas y seminarios, así como de otras actividades curriculares ordenadas en una secuencia que abarca tanto aspectos propedéuticos como específicos en la formación que se propone. Su finalidad es conducir a la obtención de un título académico.

La formulación de un  Plan de Estudios requiere la siguiente organización:

1)       Identificación de la Carrera

2)       Fundamentación

3)       Objetivos (generales y específicos)

4)      Título:

Ø        Perfil del egresado

Ø        Alcances  del título

5)       Esquema general del Plan de Estudios (incluye asignaturas, carga horaria y régimen de cursado)

6)       Contenidos mínimos

7)       Régimen de correlatividades

8)       Metodología de enseñanza y forma de evaluación

9)       Sistema de equivalencias

10)   Recursos disponibles y necesarios

11)   Propuesta de evaluación y/o autoevaluación de la Carrera

12)   Otros

 

2. 1.- Identificación de la Carrera

Deberá consignarse:

a) Nombre y tipo de Carrera

b) Título que emitirá

c) Unidad académica de dependencia

 

2.2.-  Fundamentación

Incluye una definición de la Carrera dentro del proyecto institucional de la Universidad,  su misión, sus funciones, vinculadas con su orientación regional, la proyección cultural, la generación de conocimientos, la atención de condiciones del medio y su misión social específica. 

En ella también se debe incluir antecedentes de la carrera (en el medio, la región y en otros contextos); estudios de factibilidad que demuestren la necesidad de su implementación, la demanda social de egresados; así como una evaluación de los recursos con que cuenta la Universidad para atender su funcionamiento.

2.3.- Objetivos

Los objetivos deben hacer referencia a la finalidad de la Carrera dentro del proyecto institucional de la Universidad, siguiendo la línea marcada por la fundamentación, con el fin de constituir una guía  para desarrollar el proyecto y para evaluar su concreción. Deben, además, aludir al propósito de la Carrera para con los alumnos.

2.4.-  Título

 

Perfil del título: son las características que definen al graduado en términos de los conocimientos. Estas constituyen el fundamento teórico de su accionar profesional, de las capacidades y habilidades requeridas para la resolución de la problemática propia de la profesión y de las actitudes necesarias para su desempeño en la misma.

El egresado deberá recibir una formación integral, que contemple sólidos conocimientos disciplinares, de idiomas extranjeros y de nuevas tecnologías que permitan la realización de una práctica profesional competente. Esta deberá sustentarse en valores éticos (honestidad, tolerancia y respeto al prójimo, a la propiedad pública y privada), como también en la responsabilidad y compromiso social.

Alcances del título: son actividades para las que resulta competente un profesional en función de los objetivos y contenidos de  la Carrera, como también del Perfil del Título. Para enunciar los alcances, se debe tener presente el tipo de título del que se trata:

 

Alcances del título de Pregrado:  deben enunciarse con verbos como “colaborar”, “asistir”, “participar”, entre otros, ya que quienes los obtienen adquieren formación para trabajar en relación de dependencia con respecto a  quienes poseen título de Grado.

 

Alcances del título de Grado: deben utilizarse verbos como “desarrollar”, “asesorar”, “planificar”, “administrar”, “dirigir”, “diseñar”, “evaluar”, “supervisar”, entre otros, que indiquen la capacidad e independencia con la que podrá ejercer su profesión el egresado de una  Carrera de Grado.

 

Incumbencias: son aquellos alcances del título que comprometen directamente el interés público, por lo que el Estado, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología limita el ejercicio de las actividades comprendidas en ellos, como una garantía para la sociedad. No es competencia de la universidad definirlas.

 

Validez nacional: es la acreditación y reconocimiento oficial del perfil y alcances de un título por parte del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en base a una evaluación de la coherencia interna y consistencia del Plan de Estudios.

Cuando se trata de modificaciones de Planes de Estudios que no contemplen cambios en la denominación y alcances del título, no requieren de nueva aprobación por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, al que serán remitidos sólo a efectos informativos.

2.5.- Esquema General del Plan de Estudios

Debe ser una síntesis que permita una visión general del Plan, organizado en troncos, áreas o ciclos, donde se consigne: el tipo de asignatura, seminario, módulo, o sus combinaciones; el régimen de dictado de cada asignatura (anual o cuatrimestral); las orientaciones del Plan; la carga horaria por asignatura (el total de horas que abarca) y el total de horas del Plan de Estudios.

Se sugiere el siguiente esquema:

ORDEN / CÓDIGO

ASIGNATURA

REGIMEN DE CURSADO

CARGA HORARIA

Anual

Cuatrimestral

 

PRIMER AÑO

 

 

 

1

 

 

 

 

2

 

 

 

 

N

 

 

 

 

 

 

 

 

Total 1º año

 

SEGUNDO AÑO

 

 

 

3

 

 

 

 

4

 

 

 

 

N

 

 

 

 

 

 

 

 

Total 2º año

 

AÑO n

 

 

 

5

 

 

 

 

6

 

 

 

 

N

 

 

 

 

 

 

 

 

Total año n

 

 

 

 

Total Carrera

a) Asignatura: se entiende por tal, al conjunto de contenidos y actividades de enseñanza y de aprendizaje de un área especifica del conocimiento. Con relación a lo que ella comprende, se formulan objetivos a alcanzar por los alumnos mediante diversas estrategias y en un determinado período de tiempo.

Asignaturas fundamentales: son aquellas cuya presencia dentro del Plan de Estudios resulta obligatorio, es decir, que no pueden ser reemplazadas por otras.

Asignaturas optativas: son aquellas  entre las que el alumno puede optar para cursar dentro de la misma Carrera, en otras Carreras de la misma Facultad, en la  Universidad o en  otras Universidades del país o del exterior. El objetivo de estas asignaturas es  posibilitar que el alumno se oriente hacia temas de su interés, una vez que adquirió una formación básica, por lo que se debe tratar de incluirlas a partir del tercer año de la Carrera, sin superar el 20% del total de asignaturas.

Tanto las asignaturas fundamentales como las optativas, pueden ser teóricas, teórico-metodológicas o metodológicas. Estas últimas deben, necesariamente, estar incluidas en el Plan de Estudios, en tanto proporcionan las herramientas técnicas para llevar a cabo la aplicación de los conocimientos adquiridos y la capacidad para  desarrollar investigaciones en relación con ellos.

Módulos: pueden funcionar en reemplazo de las asignaturas, en base a un eje articulador vertical, que a su vez integra temáticas articuladoras de otros módulos.

 

Seminarios: se pueden plantear como un complemento de los módulos y asignaturas. Se organizan para profundizar en un tema o problemática, sobre la cual los estudiantes deben tener conocimiento previo, por ello es importante proponerlos en instancias superiores de formación. La perspectiva analítica preside buena parte del seminario, dando lugar a búsquedas de fundamentos y a formulaciones críticas. El cierre de esta actividad se realiza a través de una producción en la que se demuestre dominio del tema o problemática abordada.

 

Trabajo de campo: dependiendo de la disciplina y de la asignatura, se desarrollarán actividades tales como: práctica docente, práctica de obra, pasantías, etc., que  pueden desarrollarse fuera del espacio áulico y que tienen como objetivo acercar al alumno a la realidad en la que se desempeñará una vez egresado.

 

Trabajo Final: es un trabajo sistemático, organizado, riguroso y fundamentado que permite el abordaje de una problemática, con enfoque integrador. Para ello se puede recurrir a referentes empíricos obtenidos durante el trabajo de campo realizado, y teóricos trabajados en las diferentes asignaturas y otras áreas disciplinares y de conocimiento. Este trabajo podrá contar con el apoyo de un asesor o tutor, cuyas funciones deberán ser reglamentadas por la Unidad Académica correspondiente.

 

Tesis: es un trabajo de investigación científica, mediante el cual el alumno pone  en evidencia que adquirió conocimiento, capacidad e independencia para el abordaje de un problema  relacionado con la disciplina de su formación, desde una determinada perspectiva teórica y metodológica. Exige realizar un trabajo sistemático, organizado, riguroso y fundamentado, bajo la orientación de un director cuyas funciones deberán ser reglamentadas por la Unidad Académica correspondiente.

.

b) Carga Horaria: La carga horaria de la Carrera resulta de la suma de la carga horaria asignada a las asignaturas, seminarios, trabajo de campo, tesis o trabajo final, etc.

 

Carreras de Grado: según Resolución 6/97 del Ministerio de Cultura y Educación, las Carreras de Grado (a excepción de profesorado, Ingeniería y medicina) deberán tener, como mínimo 2600 horas reloj, en la modalidad presencial, distribuidas como  mínimo en  4 (cuatro) años. En el caso de las carreras de Formación Docente deberán, además, tomar como referentes los Documentos A 11 y A 14, del Consejo Federal de Cultura y Educación.

 

Carreras de Pregrado: el Ministerio de Educación sugiere entre 1500 y 1800 horas reloj para estas Carreras, distribuidas en 3 (tres) años.

 

Asignaturas: la carga horaria varía según se trate de asignaturas anuales o cuatrimestrales. Las primeras pueden variar entre 90 y 180 horas reloj y las segundas entre 60 y 120 horas reloj.

 

Seminarios: su carga horaria será como mínimo de 60 horas reloj.

 

Trabajo Final: La carga horaria podrá variar  entre 100 y 200 hs. reloj.

 

Tesis: La carga horaria puede oscilar entre 200 y 300 hs. reloj.

 

Para asignar la carga horaria se tomará como referencia el número de semanas totales del año académico. El cuatrimestre se divide en 15 semanas y el año lectivo en 30 semanas. Esto puede variar en algunas Unidades académicas entre 14/16 o entre 28/32 respectivamente, según las adecuaciones internas que se realicen al calendario académico.

Se recomienda que la carga horaria por semana no supere las 30 hs. reloj. En caso contrario, deberá justificarse el motivo.

c) Régimen de Cursado: El régimen de cursado de las asignaturas podrá ser anual o cuatrimestral

 

2.6.- Contenidos Mínimos

 Los contenidos designan el conjunto de saberes o formas culturales cuya asimilación y apropiación por parte de los alumnos se considera esencial para la formación de las competencias previstas.

Los “contenidos mínimos” son contenidos enunciados sintéticamente que definen el conjunto de saberes relevantes que integran cada una de las asignaturas del Plan de Estudios.

 

2.7.- Régimen de correlatividades

Se debe establecer requisitos para seguir ordenadamente la secuenciación de contenidos del Plan de Estudios, para lo cual se determinarán condiciones de regularidad y aprobación de asignaturas. Se sugiere el siguiente cuadro como elemento organizativo de las asignaturas y sus correlativas:

 

 

ASIGNATURA

Para Cursar

Para Rendir

Regularizada

Aprobada

Regularizada

Aprobada

1-

 

 

 

 

2-

 

 

 

 

n-

 

 

 

 

 

 

2.8.- Metodología de la enseñanza y forma/s de evaluación

 

Metodología: se debe definir la posición teórico-metodológica respecto a la enseñanza y el aprendizaje, consignar los objetivos que se persiguen con la metodología de enseñanza y la forma que ésta adoptará, teniendo en cuenta que pueden incluir clases teóricas, prácticas, talleres u otras modalidades.

 

Clases teóricas: son exposiciones en las que se abordan los temas con una visión global, clara y ordenada según un plan que tendrá por objetivo ir al fondo de los conocimientos expuestos. Como objetivo próximo proporcionará información básica, estructurada, y actualizada, ayudando a la comprensión de los alumnos, permitiendo ampliar el razonamiento y nuevas líneas de investigación.

 

Clases prácticas:  consisten en la resolución de los problemas, con lo que se pretende que el alumno adquiera un dominio instrumental de los conceptos que encuentra en las clases teóricas y en la bibliografía que lee. Al resolver los problemas aparece la necesidad de precisar los conceptos y de reflexionar sobre el alcance y la oportunidad de su aplicación. Estas clases se entienden como una enseñanza basada en la demostración, la aplicación y la interrelación de los conocimientos teóricos impartidos.

 

Talleres: constituyen un espacio metodológico en el que se desarrollan estrategias de organización y producción de conocimiento que articula lo teórico y lo práctico, la reflexión y la acción. El objetivo principal es el de organizar o desarrollar una determinada tarea, tomando como base los supuestos teóricos que son discutidos por los participantes del taller, entre los que el intercambio llega a ser muy enriquecedor.

 

Evaluación: deberá explicitarse la concepción general de evaluación sostenida para el desarrollo de la Carrera, la/s modalidad/es posibles y el sistema de calificación adoptado (cualitativo/cuantitativo)

 

Tomando como referente la filosofía que sostiene el proyecto de gestión, la evaluación es entendida como un proceso que acompaña el proceso de aprendizaje. Es una actividad continua que propicia la construcción de nuevos  conocimientos, a través de la participación de estudiantes y docentes. Ella, entre otras cosas, permite explorar ideas y/o conocimientos previos, indagar caminos para establecer relación con esas nuevas ideas, justificar y expresar opiniones, así como revisar los conocimientos alcanzados.

 

2.9.- Sistema de equivalencia con otros planes

 

El Plan de Estudios a implementarse debe prever un sistema de equivalencias con el anterior, para facilitar el cambio de Plan según el interés del estudiante. Dichas equivalencias podrán ser totales o parciales (por Materias, Ciclos, Modalidad, u otra forma de organización prevista en el Plan de Estudios).

 

Se sugiere el siguiente cuadro como elemento organizativo de las equivalencias:

 

PLAN AÑO X

PLAN AÑO Y

 

ASIGNATURAS

 
ASIGNATURAS

EQUIVALENCIA

TOTAL

PARCIAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Respecto a las equivalencias con otros planes de estudios (no vigentes o de otras carreras), será la Comisión de Escuela, Departamento o una Comisión integrada por docentes de la Carrera la que se ocupe de su evaluación.

 

2.10.- Recursos disponibles y necesarios

 

Se deberán especificar cuáles son los requerimientos físicos, humanos  y financieros con los que se afrontará el dictado de la Carrera. Para ello, el diagnóstico inicial (al que se alude en el ítem 3.2 “Fundamentación”) puede contribuir como apoyo y referente.

 

 

2.11.- Propuesta de Evaluación y/o Autoevaluación de la Carrera

 

Cada Plan de Estudios debe ser continuamente evaluado y, en un período de no más de cinco, debe ser revisado y adaptado a los cambios que se producen en el campo del conocimiento y en el campo laboral en el cual se insertarán nuestros egresados. 

 

La evaluación debe contemplar tres dimensiones de análisis: a) el proceso que comprende la implementación y desarrollo de la Carrera; b) el producto que incluye el análisis de la calidad de los trabajos efectuados, como por ejemplo trabajos prácticos, tesis; c) el impacto mediante el seguimiento de actividades

 

2.12.- Otros: Pueden incorporarse ítems referidos a bibliografía consultada, información  complementaria, cálculo de costos, etc.

 

Bibliografía consultada

 

Documentos

·          Ley 24521 (Educación Superior)

·          Ley 25754 (Modificatoria del Artículo 39 de la Ley 24521)

·          Documento del Sector Programas y Proyectos – Dirección Nacional de Asuntos Universitarios.

·          Documento preparado por Susana Barco para el dictado del Seminario “Didáctica y Currículo” - Especialización en “Enseñanza de las Ciencias Económicas y de las Ciencias Jurídicas”, Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales.  Salta, 2005

·          Comunicación con el Area de Asistencia y Regulación Institucional, dependiente de la Secretaría de Políticas Universitarias

·          Estatuto de la UNSa – Res. A.U. Nº 001-96 – Tít. IV – Cap. III

·          Res. Minist. Nº 1168/97

·          Res. C.S. Nº 082 – 98

·          Res. C.S. Nº 231-04

·          Resolución Minist. Nº 6/97

·          Decreto Nº 256/94