SALTA, 31/07/06

Expediente N° 4.293/03.-

RESOLUCIÓN CS Nº 327/06.-

VISTO estas actuaciones por las cuales la Facultad de Humanidades otorga aumento de dedicación a la Prof. Roxana ORTÍN, en el cargo regular de Profesora Adjunta Semiexclusiva a EXCLUSIVA, y

CONSIDERANDO:

Que desde el punto de vista académico, las categorías docentes en esta Universidad no tienen vinculación con la dedicación horaria.

Que, a fojas 242, Dirección de Asesoría Jurídica emite Dictamen Nº 8.468, el que expresa: “La Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior consulta respecto a la existencia de impedimento normativo en relación a la posibilidad de aumentar la dedicación a docentes regulares que aún no se encuentren en el Régimen de Permanencia. La Facultad de Humanidades, por Res. Nº 1684/04, dispuso otorgar incremento de dedicación a la Prof. Roxana Ortín en el cargo de Profesor Adjunto semiexclusiva a exclusiva, imputando el cargo a una partida individual vacante. La Dirección de Registro y Control de Personal observa que la modificación de dedicación contraviene lo dispuesto en el Art. 1º y 2º de la Res. Nº 187/03-CS. Por Res. Nº 187/03, el Consejo Superior interpreta la Res. Nº 57/00 y establece que los alcances de ésta se centra específicamente en las actividades que se realizan como apoyo a los ingresantes de esta Universidad (Apartado I) y que es factible proceder a la modificación de dedicación en caso de necesidad institucional fundada para los docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia si se cuenta con la partida presupuestaria y el consentimiento del agente afectado...”

Que se comparte la fundamentación académica realizada por la Sra. Secretaria Académica de la Facultad de Humanidades, Prof. Susana Fernández (fs. 233 y 234), que se transcribe a continuación: “En respuesta a su informe de fs. 229, me dirijo a usted con el fin de elevarle las siguientes consideraciones, en relación al aumento de dedicación otorgado a la Prof. Roxana Ortín: La Prof. Ortín revista en condición de regular en un cargo de Profesora Adjunta Semiexclusiva desde el 14/04/04 (1ra. Regularidad), con aumento de dedicación a Exclusiva definitivo desde el 23/11/04 – Res. H.Nº 1684/04- (hasta ese momento tenía incremento de dedicación temporario). La resolución CS Nº 187/03, surge como interpretación de un pedido realizado por el Decano de la Facultad de Ciencias Exactas en el que solicitaba se deje aclarado si es factible proceder a la modificación de dedicación, en caso de necesidad institucional fundada, para los docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia, sin la aplicación de la Res. CS Nº 057/00. Cabe aclarar que los Artículos 1º y 2º de la Resolución CS Nº 057/00 que establecía que todas las designaciones y aumentos de dedicación debían realizarse conforme a las disposiciones previstas en los Reglamentos de Concursos Regulares, fueron suspendidos por Resolución CS Nº 137/00 hasta tanto se expida respecto de la modificación o no de la mencionada resolución. –El texto completo del Artículo 1º de la Resolución CS Nº 187/03 señala: “1.- Los alcances de la Resolución CS Nº 057/00 se centran específicamente en las actividades que se realizan como apoyo a los ingresantes de esta Universidad. 2.- Es factible proceder a la modificación de dedicación, en caso de necesidad institucional fundada, para los docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia, contando con la partida presupuestaria y el correspondiente consentimiento del agente afectado. 3.- Establecer que la autoridad de aplicación de la norma es el Decano con aprobación del Consejo Directivo”. Tal como se expresa claramente en el inciso 1 de la Resolución CS Nº 187/03, los alcances de la Resolución CS Nº 057/00 se centran específicamente en las actividades que se realizan como apoyo a los ingresantes de esta Universidad. En el caso que nos ocupa, el cargo que detenta de manera regular la Prof. Roxana Ortín es en “Historia de la Filosofía Antigua”, asignatura del bloque de materias específicas del Plan de Estudios de Filosofía, no pudiéndose aplicar la Resolución CS Nº 057/00. Por otra parte, el inciso 2, posibilita la “modificación de  dedicación de docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia”, no dice: “solo a los docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia”, es decir, el inciso 2 brinda la posibilidad de incrementar la dedicación a docentes que estén en el Régimen de Permanencia pero no prohibe , en caso de necesidad fundada de la institución, que los demás docentes regulares puedan acceder a un aumento de dedicación, por lo tanto, el incremento de dedicación aprobado por Resolución Nº 1684/04, no contraviene la Resolución CS Nº 187/03, ni ninguna otra normativa de la Universidad. Por último, el Régimen de Permanencia vigente establece que: “Están sujetos al Régimen de Permanencia todos los docentes regulares dentro de cualquier categoría, que hayan aprobado dos concursos ...”, es decir, no se menciona la dedicación. Por todo lo expuesto, y a efectos de dejar aclarada esta situación, solicito se de curso favorable a la modificación de la dedicación de la Prof. Roxana Ortín en el cargo regular de Profesora Adjunta.”

 

Que este Cuerpo entiende que es factible otorgar aumento de dedicación en cargos docentes regulares no comprendidos en el Régimen de Permanencia, siempre que hubiere causa académica fundada, partida presupuestaria y cargo de planta existente; por lo que resulta pertinente derogar la Resolución CS Nº 117/06.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 043/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décima Sesión Ordinaria del 13 de julio de 2006)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Derogar la Resolución CS Nº 117/06, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Ratificar lo actuado por la Facultad de Humanidades, en el sentido de aumentar a EXCLUSIVA la dedicación de la Profesora Roxana ORTÍN, en su cargo de Profesora Adjunta Regular.

ARTÍCULO 3º.- Establecer que es factible realizar aumentos de dedicación en cargos docentes regulares no comprendidos en el Régimen de Permanencia, siempre que la Unidad Académica cuente con partida presupuestaria y presente fundamentación académica, que deberá estar explícitamente documentada mediante un plan de trabajo aprobado por el Consejo Directivo de la Facultad solicitante.

ARTÍCULO  4°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías Académica y Administrativa, Dirección General de Personal, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI