SALTA, 26/12/05.-

Expediente N° 2.614/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 546/05.-

VISTO el Proyecto de Ley de Presupuesto elevado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Nacional debe garantizar la Educación Pública y Gratuita.

Que se requiere un aumento de presupuesto destinado a la mejora de la Educación del Pueblo Argentino.

Que esta Universidad, a pesar de las restricciones presupuestarias, ha reforzado sus acciones para atender la creciente matrícula estudiantil y ha demostrado, en reiteradas oportunidades, un evidente compromiso con el desarrollo de la sociedad de la Región en la que está inserta.

Que los recortes presupuestarios resultantes de las leyes emitidas por el Congreso de la Nación, respondiendo a las exigencias de los organismos financieros internacionales, empobrecieron el sistema universitario argentino.

Que se debe reparar el daño que sufrieron las universidades como consecuencia de los recortes referidos.

Que esta Universidad nunca acordó con estas medidas, lo cual consta en diversas resoluciones emitidas por este mismo Consejo en años anteriores.

Que el Proyecto de Ley de Presupuesto elevado a las Cámaras resulta otra vez insuficiente, ya que la casi totalidad de los aumentos son destinados a indispensables incrementos salariales y aún así no alcanzan un nivel adecuado para sostener las necesidades del personal de la universidades nacionales.

POR ELLO y teniendo en cuenta que este Cuerpo se ha expedido en este sentido.

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su 21º Sesión Ordinaria del 20 de diciembre del 2005)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Reiterar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la solicitud de incremento presupuestario al  sistema universitario, destinado a aumentar las remuneraciones de los trabajadores de las U.U.N.N.; los fondos de funcionamiento y los de Ciencia y Técnica.

ARTÍCULO 2º.- Solicitar al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TÉCNOLOGÍA DE LA NACIÓN que todas las partidas salariales se transformen en sumas bonificables y remunerativas.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese copia a: Poder Ejecutivo Nacional, Ministerio de Educación de la Nación, Sra. Rectora, Facultades, Secretarías, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Direcciones Generales, ADIUNSa, APUNSa, FUSa, Consejo de Investigación, Unidad de Auditoría Interna y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a SECRETARÍA ADMINISTRATIVA  para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI