SALTA, 6 DIC. 2005

Expediente N° 4.459/04.-

RESOLUCIÓN CS Nº 508/05.-

            VISTO estas actuaciones por las cuales la Sra. Decana de la FACULTAD DE HUMANIDADES tramita la validez nacional y fijación de los alcances del Título de “Licenciado en Historia”, correspondiente a la carrera Licenciatura en Historia-Plan de Estudio 1992, y

            CONSIDERANDO:

            Que el Plan de Estudios 1992 citado precedentemente fue aprobado mediante Resolución CS Nº 355/91 y su modificatoria Resolución CS Nº 219/02.

            Que a fojas 15 la Coordinadora de la Escuela de Historia de la Facultad de Humanidades, expresa: “...Al respecto esta Comisión informa que de acuerdo con lo sugerido por el Ministerio de Educación de la Nación y lo que expresan los alcances del Título de Licenciado en Historia que rolan a fs. 52, donde dice: “Tendrá valor académico para la enseñanza universitaria, media y terciaria, de acuerdo al Estatuto del Docente, Estatuto de la Universidad y demás normas nacionales que reglamentan el ejercicio de la docencia y la investigación”; debe decir: Tendrá valor académico para 1) el ejercicio de la Investigación, 2) el asesoramiento a organismos e instituciones oficiales y privadas.

            Que el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades, mediante Resolución H Nº 1.369/05 aprueba las modificaciones sugeridas por la Comisión Coordinadora de la Escuela de Historia; a la vez que solicita a este Cuerpo disponga la modificación respectiva.

Que el inc. 3) del Artículo 100 del  Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, dispone que es atribución del Consejo Superior ratificar los planes de estudios aprobados por las respectivas Facultades.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 316/05,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Vigésima Ordinaria del 1º de Diciembre de 2005)

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Ratificar, en el marco del inc. 3) del Artículo 100 del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, la Resolución H. Nº 1.369/04 emitida por el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y, consecuentemente, tener por modificado en el Anexo I de la Resolución CS Nº  CS Nº 355/91 y su modificatoria CS Nº 219/02, el Punto 9. VALOR ACADÉMICO DEL TÍTULO. Licenciado en Historia. , el que quedará constituido en los siguientes términos:

“Tendrá valor académico para: 1) el ejercicio de la investigación, 2) el asesoramiento a organismos e instituciones oficiales y privadas.”

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Facultad de Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI