SALTA, 21 NOV. 2005

 

Expediente N° 20.285/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº  482/05.-

            VISTO las presentes actuaciones y en particular la Resolución Nº 1226-05, por la cual el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades avala la creación del MUSEO ETNOGRÁFICO REGIONAL TARTAGAL, bajo dependencia de SEDE REGIONAL TARTAGAL, y

            CONSIDERANDO:

            Que el Museo tiene por objetivos motivar a la comunidad en el conocimiento de los aspectos culturales de cada pueblo, y lograr que la misma participe en el recate y aporte de elementos culturales para enriquecer el patrimonio; la conservación, adquisición, investigación y exhibición, sin fines de lucro, de los testimonios materiales del hombre y su entorno.

            Que la ubicación del Museo en la ciudad de Tartagal, resulta estratégica desde el punto de vista antropológico al ser un lugar de concentración y de tránsito de grupos humanos de diferentes orígenes (quechua, aymara, tapiete, wichi, ava-guaraní, criollos, “criollos chaqueños”, etc).

            Que la creación de este Museo promueve la participación permanente de las comunidades aborígenes con los demás grupos étnicos de la zona, a través de la proyección de actividades que les permitan no sólo interactuar sino también gestionar proyectos en conjunto.

            Que el proyecto de creación del Museo Etnográfico Regional Tartagal fue aprobado por la Secretaría de Políticas Universitarias del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, mediante Resolución Nº 407/SUP.

            Que este Cuerpo entiende de suma importancia contar con un Museo destinado a este fin en particular.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 282/05.

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimonovena Sesión Ordinaria del 17 de noviembre de 2005)

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1°.- Aprobar la creación del  MUSEO ETNOGRÁFICO REGIONAL TARTAGAL, bajo dependencia de SEDE REGIONAL TARTAGAL.

 

ARTÍCULO 2°.- Gírese el presente expediente a consideración de las Comisiones de Hacienda y de Planificación de este Cuerpo.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Consejo de Investigación, Secretarías, Direcciones Generales, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Comisión de Hacienda a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA