SALTA, 26-10-05

Expediente Nº 2.595/05.-

RESOLUCION CS N° 426/05

VISTO el Acuerdo Plenario Nº 581/05, por el cual el Consejo Interuniversitario Nacional acuerda solicitar al Congreso de la Nación que introduzca una excepción a la norma prevista en el Artículo 54 del Proyecto de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2006, que sustituye el art. 7º de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), respecto de las economías de las UUNN, y

CONSIDERANDO:

Que entre los fundamentos de dicho Acuerdo se mencionan:

que esta norma pretende dejar sin efecto “...las normas vigentes que crean, facultan o establecen el funcionamiento de fondos de reserva, economías de inversión o similares, constituidos con saldos de créditos no comprometidos al finalizar el ejercicio y/o ejercicios anteriores”.

que en virtud de la Ley se encuentran adecuados los Estatutos y estructurada la ejecución de los presupuesto de las Universidades Nacionales.

que aquella reforma conllevaría una reforma de la Ley de Educación Superior, que como norma especial debería prevalecer siempre sobre la legislación general.

que, por otra parte, la existencia del habitualmente llamado “fondo universitario” ha sido reconocido por todas las leyes universitarias que rigieron en nuestro país, generando pautas de funcionamiento financiero, no habiendo argumentos que justifiquen su eliminación y por el contrario, la sana administración financiera debe premiar racionalmente la administración de los recursos y la existencia de economías que permiten sostener proyectos a mediano y largo plazo”

Que analizado dicho Acuerdo, este Cuerpo entiende oportuno adherir en su totalidad a los fundamentos allí esgrimidos.

Por ello y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Extraordinaria del 6 de octubre de 2005)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Adherir al Acuerdo Plenario del CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Nº 581/05 y solicitar al Congreso de la Nación que en la Ley de Presupuesto Nacional se elimine el Artículo 54 del Proyecto girado por el Poder Ejecutivo Nacional.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a : Congreso de la Nación, CIN, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.

RSR

PROF. JUAN BARBOSA – ING. STELLA MARIS PEREZ DE BIANCHI