SALTA, 19/09/05.-

Expediente Nº 14.375/97.-

RESOLUCIÓN CS Nº 341/05.-

VISTO las presentes actuaciones relacionadas con la Carrera de Postgrado “Doctorado Regional en Ciencia y Tecnología de Alimentos” de la FACULTAD DE INGENIERÍA, y

CONSIDERANDO:

La Resolución Nº 505/05 del Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería, mediante la cual se aprueba la propuesta del Comité Académico Regional del Doctorado Regional en Ciencia y Tecnología de Alimentos, consistente en modificar el Plan de Estudios de la Carrera precitada, dado que en el Anexo I de la Resolución 383/98 – Carga Horaria (folio 6), se agregó lo siguiente: “En los casos en que el tema de tesis lo requiera, se aceptará hasta un 25% de la carga horaria en cursos aprobados en otras instituciones y/o pasantías en centros académicos y cursos con otra denominación o carga horaria. En todos los casos la convalidación final de lo anterior, estará avalada por la Comisión de Supervisión de Tesistas”.

Que este Cuerpo juzga pertinente la inclusión del mencionado ítem.

Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 211/05,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Octava Sesión Especial del 8 de setiembre de 2005)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.- Ratificar, en el marco del inc. 3) del Art. 100 del Estatuto de la Universidad, la Resolución Nº 505/05, emitida por el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería y consecuentemente, tener por modificado el Plan de Estudio de la Carrera de Posgrado: “Doctorado Regional en Ciencia y Tecnología de Alimentos”, que como Anexo I forma parte integrante de la Resolución CS 383/98.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ingeniería, Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido siga a Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI